Hola compañeros
Hace poco que estoy de abogado por cuenta propia y en tema de costas tengo siempre dudas. Veréis he ejecutado un auto de cuantía máxima (sin oposición) y lo he ganado. El juzgado me requiere para que tase costas. Hasta aquí todo perfecto. También sé que hay que aplicar los baremos de mi colegio y no la escala máxima sino una menor porque no ha habido oposición. Hasta aquí muy bien.
La duda está en que las facturas presentadas al cliente son un poco menores que la tasación de costas (le he hago buen precio y en la tasación de costas siempre se va a todas). Pactamos que en el caso de ganar, si las costas fueran superiores a los honorarios pactados yo le devolvería los honorarios y me quedaría con las costas. Y en el supuesto de ser la costas inferiores, él se quedaría con las costas y yo con los honorarios.
Como ministerio de justicia y hacienda cruzan datos, lo que tendría que liquidar a efectos de irpf e iva sería la tasación de costas no? En este caso, me aconsejáis se lo explique y le haga "nueva factura" con los datos de la tasación de costas??
Espero haberme explicado y que me podáis ayudar, os estaré muy agradecido.
Un saludo y FELIZ NAVIDAD A TOD@S!!