Hola Meide.La Jurisprudencia no es unánime al determinar si procede o no la imposición de costas al arrendatario-demandado en el supuesto de que haga uso de su facultad de enervción una ve presentada la demanda. La corriente Jurisprudencial que entinde que SI procede la inposición de costas es la siguiente:SAP Salamanca 5 de Febrero y SAP Madrid de 14 de Mayo de 1995; SAp Valladolid 29/01/1999; SAP Tarragona 20/02/1999; SAP Valencia 9/03/2000; SAP Zamora 12/19/2001 y SAP Barcelona 24/04/2002.