Hola, me he puesto aquí porque veo que conoceis un poco de los recursos contenciosos administrativos.
Cuando se trata de un tema de responsabilidad patrimonial de la Administración, por una caída, hacemos primero la reclamación al ayuntamiento y si la deniegan, podemos hacer un recurso contencioso administrativo.
El tema es que no he hecho nunca un recurso administrativo, y si alguien pudiera ayudarme un poco o dejarme un formulario... porque voy pez.
No entiendo el sentido de la segunda frase de JVC. Si el recurso contencioso me resulta favorable en primera instancia y la Administración recurre a la instancia superior (no sé si será la Audiencia Provincial) pierde el recurso, a Administración ha de pagar las costas íntegras de todo el procedimiento ?
El problema es que desde la Administración se puede dictar una resolución claramente injusta con la intención por parte de la autoridad de desgastar económicamente a un ciudadano, asumiendo que judicialmente el proceso será ganado por aquel.
En caso de que exista mala fe, aunque es raro que por este concepto se condene en costas a la administración.
También si habiendo perdido en primera instancia también pierde el juicio en segunda instancia.
Aunque interpongas un contencioso-administrativo y la sentencia falle a tu favor a diferencia de la jurisdición civil , no se suele contenar en costas a la Administratición.
Me gustaría saber en qué casos, si los hubiera, la Administración es condenada a pagar los gastos en los que se ve obligado a incurrir un recurrente (honorarios de abogado y procurador, por ejemplo) en un procedimiento contencioso administrativo.