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Costas en justicia gratuita

2 Comentarios
 
Costas en justicia gratuita
15/09/2006 18:47
Hola compañeros, el supuesto es el siguiente:

1.- Juicio con condena en costas.
2.- La parte vencedora comparece representada con justicia gratuita.
3.- Ahora, el procurador gira sus derechos y suplidos.
PREGUNTA:

Si ha comparecido mediante justicia gratuita, ¿no os parece que no procede su tasación?

Gracias y un Saludo
15/09/2006 19:03
Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia jurídica gratuita:
"Artículo 36. Reintegro económico.

* 1. Si en la sentencia que ponga fin al proceso hubiera pronunciamiento sobre costas, a favor de quien obtuvo el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita o de quien lo tuviera legalmente reconocido, deberá la parte contraria abonar las costar causadas en la defensa de aquélla".
16/09/2006 12:58
Ok., ac37, excelente