hola a todos, tengo un serio problema y es urgente; impugné una tasación de costas por indebida y excesivas; tras el juicio verbal en la impugnación por indebidas se estimó mi impugnación. La otra parte recurrió a la Audiencia y le dieron la razón con condena en costas en esta impugnación, sin condenar en costas en la alzada. Estamos aún en espera de informe del Colegio y nueva tasación de las costas iniciales que en principio impugné, pero el Letrado de la otra parte ha presentado a tasación por las costas del incidente de impugnación por indebidas. La minuta que presenta toma como base minutable el total de la minuta que yo impugné, es decir, 30.000 euros. Mi duda es si no debe esperarse a la impugnación por excesiva, y si se estima, nueva tasación firme y sobre esa nueva tasación, que dirá cual es la minuta debida en el procedimiento, que se realicen las tasaciones de las minutas resultantes de los dos incidentes, por indebido, que ha ganado la otra parte, y el incidente por excesiva, que creo se me estimará. Como veis, es un poco rebuscado, pero puede resultar que mi cliente deba pagar una minuta por la impugnación de la minuta por indebida más de lo que realmente diga que vale la minuta impugnada tras informe del Colegio. Ojalá llegue a tiempo alguna ayuda porque quiero presentar recurso de reposición antes de que tasen esa nueva minuta.