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COSTAS EJECUCIóN HIPOTECARIA, ART 575 BIS LEC

2 Comentarios
 
01/10/2013 11:36
Buenos días, yo lo haría ya, no en fase de tasación, pues es lo que han requerido muchos Juzgados incluso de oficio.
Dónde o cómo lo pongas, es lo de menos, pero si se han reducido es porque se consideraron abusivas, puedes denominarlas así.

Saludos,
01/10/2013 11:21
lo subo
Costas ejecución hipotecaria, art 575 bis lec
27/09/2013 11:01
Buenas tardes comapñer@s:

Como sabréis ya, la Ley 1/2013, de 14 de amyo, añade apartado bis) al 575 LEC y fija en un 5% como máximo las costas de la ejecución cuando se trata de vivienda habitual.

Disposición transitoria cuarta.

Régimen transitorio en los procesos de ejecución.

1. La modificaciones de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, introducidas por la presente Ley serán de aplicación a los procesos de ejecución iniciados a su entrada en vigor, únicamente respecto a aquellas actuaciones ejecutivas pendientes de realizar.



Tengo un procedimiento que han anunciado SUBASTA y del que estoy preparando oposicion extraordinaria por clausulas abusivas, pero me surge la siguiente duda:

El Banco fijó prudencialmente los gastos y costas en 60.000 euros (30% del cappital debido). Bien. Con esta reforma, DEBO PEDIR EN OTROSI QUE SE RECALCULE EL IMPORTE EN ATENCION A ESE 5%? , DEBO OPONERLO COMO MOTIVO DE OPOSICION POR CLAUSULA ABUSIVA? O DEBO ALEGARLO EN ESCRITO INDEPENDIENTE CUANDO SE TASEN DEFINITIVAMENTE LAS COSTAS? Gracias