Hola, tengo unos familiares que han tenido un juicio por un local que tienen alquilado ya que el propietario queria echarlos por incumplimiento de contrato, en el juicio ha quedado demostrado que los inquilinos han cumplido siempre con sus obligaciones y han ganado el juicio condenando el juzgado al propietario a pagar las costas y los gastos del abogado y procurardor de los inquilinos, me gustaria si me informais por que no soy abogado como es ahora el proceso ya que los inquilinos le han echo una provisión de fondos a su abogado y quieren saber si es hora el juzgado quien le tiene que pagar a su abogado y procurador o son ellos y después les devuelven el dinero. Gracias
Lo correcto es que el cliente abona los honorarios de su abogado y procurador, y una vez tasadas las costas, el Juzgado le entrega mandamiento de devolución o le transfiere la cantidad a la cuenta bancaria de los clientes.
De todas maneras es mejor que lo hable con su abogado por si prefiere no cobrar nada mas de momento y percibirlo una vez que las costas sean tasadas.
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Gracias por la respuesta, nos queda una duda, puede el abogado de los inquilinos cobrar unos honorarios superiores a las costas y si es así les tendrian que pagar la diferencia. Gracias
Es posible. Las costas sólo incluyen los honarios precisos y sobre los que haya habido pronunciamiento en costas. Por ejemplo: si el abogado tiene que recurrir una providencia y no se resuelve nada sobre las costas de esta cuestión, sería el cliente quien debe pagar ese trabajo (es un ejemplo un poco traido por los pelos, para entendernos) También pueden haber existido suplidos o gastos como burofaxes, reuniones... extraprocesales, que el abogado tiene derecho a cobrar a su cliente, pero no al contrario por vía de las costas.