Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Costas de un juicio

13 Comentarios
 
Costas de un juicio
21/02/2008 09:21
Hola mi pregunta es la siguiente: ¿Si un vecino lleva a juicio a la comunidad de propietarios y ésta última perdiera el juicio quién pagaría las costas, la comunidad entera o los miembros que van a juicio? Lo digo porque si paga la comunidad de vecinos entera, el vecino que denuncia, pierde sí o sí, ya que si le gana a la comunidad, como es miembro de la misma, tiene que pagar su parte correspondiente de gastos. Me gustaría que alguien, por favor, me lo aclarase. Gracias
21/02/2008 12:17
Pagan el resto de los propietarios, menos el que ganó el juicio.
03/03/2008 20:23
El error parte de creer que el Propietario que no vecino, ha demandado a la Comunidad cuando en realidad a quién a demandado es a una subcomunidad de la misma. Porque en otro caso, y dejando aparte otras consideraciones: ESE PROPIETARIO SE HABRÍA DEMANDADO A SI MISMO.
11/03/2008 10:31
Y si en esa comunidad parte de los propietarios (no una mayoría) no querían ir a juicio y lo han expresado en junta y consta en acta ¿Tienen éstos que pagar los gastos del juicio? Gracias.
12/03/2008 01:33
Mire en internet los tres artículos de Gerardo GArcía sobre la falta de personalidad jurídica de las comunidades de propietarios y sus consecuencias.
Le pongo lo primero que aparece en google:
Resultados 1 - 9 de 9 de "gerardo garcia garcia" personalidad. (0,18 segundos)

La falta de personalidad jurídica en las comunidades de ...
[2] Gerardo García García. "Desarrollo de una deducción lógica:¿tienen personalidad jurídica las comunidades de propietarios?". ...
noticias.juridicas.com/articulos/ 45-Derecho Civil/200102-05510711013370.html - 32ks

Desarrollo de una deducción lógica: ¿Tienen personalidad jurídica ...
De: Gerardo García García Fecha: Julio 2000. ANTECEDENTES ... ¿Tienen personalidad jurídica las Comunidades de Propietarios?. La primera respuesta que llegó ...
noticias.juridicas.com/articulos/ 45-Derecho Civil/200007-com.html - 29k -

LA FALTA DE PERSONALIDAD JURIDICA EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
LA FALTA DE PERSONALIDAD JURIDICA EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS. De:Gerardo Garcia Garcia Fecha: Octubre 2000. INTRODUCCIÓN En un trabajo anterior, ...
valcap.es/.../ley de propiedad horizontal/ la falta de personalidad.htm?ObjectID=792

De: Gerardo García García De: Noticias Juridicas Más Información. LA FALTA DE PERSONALIDAD JURIDICA EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS ...
valcap.es/.../ley de propiedad horizontal/ INDEX ley de propiedad horizontal.htm
02/04/2008 17:03
AP Asturias, Sec. 4.ª, 56/2004, 6-2-2004 Recurso 437/2003 PONENTE: FRANCISCO TUERO ALLER

Las costas de pleitos entre comuneros y Comunidad no son gasto común a pagar entre todos
"... debe advertirse, como solicitan los demandantes, respecto de las costa a las que ha de hacer frente la Comunidad que no podrá repercutir su pago a aquéllos, conforme a sus respectivas cuotas, siguiendo en este punto la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en Sentencias de 5 de octubre de 1983 y 23 de mayo de 1990, también recogidas en la sentencia de la Sección Quinta de esta Audiencia de 31 de mayo de 1999, en el sentido de que las costas originadas en los pleitos mantenidos entre la Comunidad y alguno de los comuneros no pueden calificarse de gastos generales, al contrario de lo que sucede cuando el litigio se suscita con un extraño, pues no es un desembolso realizado en interés común de todos los copropietarios ya que se produce con motivo de un conflicto surgido en su seno, en el que la Comunidad no actúa de consuno, debiendo cada parte por ello hacer frente a sus costas respectivas de no existir expresa condena a su abono. ..."
FALLAMOS

“d) Declarar que las costas generadas en este procedimiento para la Comunidad de Propietarios no tienen el carácter de gastos generales a satisfacer por todos los integrantes de la misma, y por ello no pueden ser repercutidas a los demandantes conforme a su cuota de participación”.

Otras:
"AP Alicante Sec. 5.ª 347/2006, 10-10-2006 No son comunes los gastos judiciales de pleito seguido entre la Comunidad y uno de los comuneros"

"AP Madrid Sec. 14.ª 86/2006, 14-2-2006 El comunero demandante no debe contribuir a gastos de indemnización por daños y costas a cargo de la Comunidad"


“AP Santa Cruz de Tenerife Sec. 4.ª 5/2004, 19-1-2004 Nulidad pleno derecho acuerdo en que la Comunidad pretende repercutir gastos judiciales comunero contra quien ha pleiteado”.












04/04/2008 14:27
Los que no estuvieron de acuerdo pero se "callaron" han de pagar, se quedaron de parte de la Comunidad.
04/04/2008 15:34
En principio, los que no quisieron ir a juicio (se allanaron), o deberían pagar costas judiciales comuneras, no obstante, si les incluyeron en esas minutas con las que no están de acuerdo, deberán impugnar judicialmente, lo mismo que hizo el comunero demandante cuando le cargaron esos gastos y costas judiciales, que por nada del mundo debieron cargarle, y que es motivo para otra impugnación con los consiguientes gastos para la Comunidad. Y lo contentos que se pondrán los administradores y los abogados que ven que esto sigue y sigue, generando ganancias para todos, menos para los ignorantes comuneros que, de seguro, se están dejando llebar de ...
Saludos cordiales.
04/04/2008 15:35
llevar
04/04/2008 15:57
De nada les va a servir impugnar a los que ahora se mostrarian como "oportunistas".
04/04/2008 16:41
Pues lo mismo pienso yo!.
Lo que hay que procurar es hacer las cosas bien. Que ningún comunero se sienta obligado a imugnar judicialmente unos acuerdos que, de seguro, son contrarios a la Ley.
Saludos.
23/04/2008 23:07
Los que votaron no, ¿se presentaron en el Juzgado para decir que se allanaban?. Ver el caso en los artículos que cité .
30/04/2008 09:46
entonces, si una sociedad es titular de varios inmuebles en una comunidad y a su vez es también la promotora del edificio, y en una reunión a la que esta no asiste, se determina contratar a un abogado para denunciar a la promotora, que también es comunera en este caso, y el acta recoge la asignación de este gasto de contratación de abogado a cada piso y entre ellos los pisos de la promotora futura demandada, ¿que tendría que hacer el propietario promotor futuro demandado para no tener que pagar las dos cuotas extraordinarias para el pago del abogado? ¿impugnar judicialmente el acta? ¿por que motivo?
30/04/2008 21:28
¿Porque no consultan los artículos citados?. Si no entienden algo de lo que pone en ellos, se les aclarará.