Hola, ya aprovecho y os comento otra duda que tengo. He cogido un proc. cambiario del año 1996 en el que aún no se había cobrado la totalidad del principal. Pedí averiguación patrimonial y por fin mi cliente ha cobrado el principal. Ahora me pide el juzgado liquidación de intereses y tasación de costas. Mi problema radica en que mi cliente, debido a lo que se dilató el procedimiento tuvo que pagar a su abogado y procurador de entonces, por lo que ahora las costas serían para él, pero mi duda es la siguiente: si las costas son de otro abogado y proc., tienen ellos que tasar o basta con que mi proc. y yo tasemos y de ser así, nosotros qué cobraríamos la parte de la ejecución. Gracias.