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Costas a cargo de copropietario moroso

2 Comentarios
 
Costas a cargo de copropietario moroso
09/06/2021 09:55
Me surge un caso curiosísimo.
La comunidad gana el juicio verbal (después de un monitorio con oposición) y al moroso le condenan en costas. Han intervenido abogado y procurador, el abogado es el propio administrador de la comunidad.
Por costas, el abogado cobra al moroso el máximo legal (30%) y carga los gastos de procurador a la comunidad.
No sé si es legal, pero me parece que, al menos, es retorcer la legalidad en beneficio del abogado (administrador). Él cobra el máximo legal y el resto lo carga a la comunidad de propietarios.
Os agradecería vuestras opiniones jurídicas.
11/06/2021 16:57
El planteamiento que haces sugiere un acuerdo entre moroso (por desconocimiento) y administrador, aunque lo digo con la boca pequeña.


Lo normal es que se practique una tasación de costas en las que se indique el importe a cobrar por la intervención de abogado y procurador de manera separada y en este tipo de procedimientos, las costas no suelen llegar a un 30% por la intervención de cada profesional.


Por otra parte, el Procurador también tiene obligación de incluir su minuta en la tasación de costas que se practique, de modo que si no lo hace, las costas por su intervención no se aprueban y quizá sea eso lo que ha ocurrido (no lo sé), lo que no invalida el hecho de que la comunidad tenga obligación de pagarle por su trabajo (de hecho deberían pagar por la solicitud de la tasación de costas, que es un procedimiento que no se suele cobrar al cliente, pero que ha de tramitarse en beneficio del cliente y valorarse).


Pregunta al administrador que explique lo que realmente ha ocurrido a ver que dice.
11/06/2021 18:24
DickTurpin
Es muy interesante lo que me comentas. La realidad es que vi un cargo a la comunidad en concepto de gastos de procurador. Al preguntar al administrador el motivo (habiéndose ganado el juicio) me dijo que sus honorarios como abogado del juicio y monitorio previo eran el máximo legal de las costas. Además veo que me informó mal al decirme que el máximo es el 30%, cuando realmente es 1/3 si no estoy equivocado.
Volveré a hablar con él a ver si me lo aclara o quiere seguir liándome.
Muchas gracias por la información.