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Corte del suministro de agua

1 Comentarios
 
25/06/2024 11:33
Eithan
Buenos días,

Al fallecer la titular del contrato (su madre), es legal y necesario actualizar la titularidad del contrato de servicios básicos como el agua. Esto incluye la posibilidad de dar de baja el contrato si los herederos no desean continuarlo. Los herederos tienen la obligación de gestionar los bienes y contratos pendientes del fallecido. La Ley de Arrendamientos Urbanos y el Código Civil contemplan la sucesión en la posición contractual de los herederos, quienes pueden decidir continuar o rescindir contratos.

En este sentido, el delito de coacciones está regulado en el artículo 172 del Código Penal y se configura cuando alguien, sin estar legítimamente autorizado, impide a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compela a hacer lo que no quiere, sea justo o injusto.

En este caso, su intención de dar de baja el contrato de agua no parece encajar en la figura del delito de coacciones siempre que se haga de manera legítima y siguiendo los procedimientos legales. Está ejerciendo su derecho como heredero para gestionar un contrato que está a nombre de una persona fallecida.

(CONTENIDO PARCIALMENTE ELIMINADO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL FORO)
Corte del suministro de agua
24/06/2024 09:19
Buenos días.

Mi hermana y yo heredamos una vivienda en 2018. Yo le vendí mi parte hace dos años, pero el contrato del agua sigue a nombre de mi madre y mi hermana, por una serie de problemas económicos que tiene, ha dejado de pagar.
Sé que las deudas de los fallecidos las tienen que pagar los herederos.
Llevo meses insistiéndole en que cambie la titularidad del contrato pero me ignora por completo.

Mi pregunta es: ¿Si yo cojo el certificado de defunción de mi madre y doy de baja el contrato de agua, se consideraría delito de coacciones?
Mi intención no es echar a mi hermana de la vivienda, sino que no me reclamen una serie de gastos que no me corresponden a mí pagar.

Gracias, un saludo.