hola a todos!.
Tengo un problema muy común y es que el inquilino no paga. Hace tres meses que no vemos un duro.
hemos decidido cortarle la luz (se trata de un local) pero tengo serias dudas de que se pueda tratar como coacción.
¿Cabe esta posibilidad?. Muchas garcias.
No puedes dar la orden de que corten la luz, porque seria una coacción, pero lo que si puedes hacer es dejar de pagarla (si es que te la cobran a ti) y sera la compañia suministradora la que de la orden de cortarla.
De todas formas, si lleva tres meses sin pagar, te aconsejo que inicies un desahucio por falta de pago cuanto antes.
Mandale un telegrama requiriendole el pago de las rentas adeudadas y demas cantidades, dale un plazo de 72 horas y adviertele de que en caso contrario te obligara a proceder judicialmente.
Suerte y un saludo
Virginia
varce76@hotmail.com
abogada
Virginia, pero si dejo de pagar la luz ¿no se podría entender también como coacción? supongo que la cpia iría contra nosotros por impago aunque luego podríamos ir contra el inquilino... pero estaríamos en las mismas, no pagaría.
No seria coacción, usted no da la orden de corte de luz.
Efectivamente la compañia le reclamará a usted la deuda, pero luego tendra un derecho de repetición contra su inquilino.
pero aunque deje de pagar la luz (y no de la orden de cortarla) este impago no se podría entender también como coacción???.
Si tengo porblemas en que pague el alquiler, ¿como voy a exigirle que me pague lo que la cpia me reclamará ?. No lo veo practico.
que opinas?.
Gracias y perdona las molestias
Con un inquilino que paga mal y que debe rentas, luz, agua..... el único camino es demandarlo. Se que suena demasiado radical, pero la esperiencia me ha enseñado que la única via posible es un desahucio por falta de pago. En el podras reclamar las rentas y consumos que te deba, además de pedir la resolución del contrato de arrendamiento. Te aseguro que es lo más practico.
En cuanto a lo dejar de pagar la luz te repito que no se considera coacción, puedes hacerlo sin problemas, de todas formas, la obligada al pago frente a la compañia vas a ser tu, asi que lo puedes pagar ahora o cuando la compañia te lo reclame, y de cualquier modo se lo tendrás que reclamar al inquilino, pero yo seguiría pagando e iniciaria el desahucio cuanto antes (ni siquiera es necesario que te deba rentas, con que te deba consumos es suficiente). Mandale un telegrama tal y como te dije en la respuesta primera.
Ten cuidado por que si dejas de pagar para que le corten la luz SI podríamos estar ante un delito de coacciones ( no de falta, aunque eso depende del Juzgado ) ya que eres tu quien decide cortarle la luz, utilizando para ello a la compañia en lugar de un electricista.
Inicia el procedimiento de deshaucio y reclama su importe. Te saldrá mas a cuenta.
Por favor, puede iberdrola cortar la luz hoy mismo por deber solo un recibo del mes de junio de este año? y sin previo aviso?.
Este recibo lo devolvio el banco en su fecha y mi hija no se acordó de pagarlo.
Gracias
Un saludo de Francisco
Hola mamagufr.La empresa suministradora podrá suspender el suministro cuando hayan transcurrido al menos dos meses desde que le hubieran requerido fehacientemente el pago, sin que el mismo se hubiera hecho efectivo. La comunicación deberá incluir el trámite de interrupción del suministro por impago, precisando la fecha a partir de la cual se interrumpió. No se podrá interrumpir el suministro en festivo, en días que no exista servicio de atención al cliente, tanto comercial como técnica, ni en víspera de aquellos días.
Endhesa, por experiencia propia, aunque advierte desde el segundo mes, hasta la 4 factura emitida, y después de al menos 15 días no corta la luz. Vamos que si se confía en que se vayan por corte de luz, no funciona.
hola a todos tengo una duda, es la primera vez que tengo una factura pendiente con endesa solo tengo esa factura pendiente y quisiera saber si me pueden cortar el suministro de luz, espero sus respuestas un saludo y gracias