Hola en la comunidad tenemos un unico contador de agua para todos los vecino Hay un vecino moroso desde 2018 a pagado algo pero la deuda al dia de hoy son 7,500,00 € esta el piso enbargado ymno quiere pagar la comunidad, ( Se le puede Cortar el agua ) Igual que hace la empresa concesionaria del servicio de aguas que cuando se deben recibos nos cortan el agua o se puede poner una llave en el ascensor para que no pueda utilizarlo saludos angel
Sí, puede llegar a ser considerado delito de coacciones. Y no hay una normativa en concreto, salvo el código penal, donde pone "coacciones", art. 172.1.
La respuesta que he dado es clara, concreta y correcta. No creo que tenga ninguna necesidad de desarrollarla. Es mi opinión. No estoy aquí para dar clases de Derecho a nadie.
No se dónde vivirán estos señores pero yo no entiendo cómo teniendo contadores individuales la empresa responsable del abastecimiento del agua cobre a través de un contador que solo sirve para control interno de la empresa....
Para Dick Turpin
Mas que exponer las razones de tu contestación es apoyarla con algún argumento consistente y sostenible, porque la razón esta mas que obvia, que es porque alguien lo a preguntado, en este caso concreto Nino, y creo que lo mas correcto seria que no solo se le conteste que (La respuesta es No, o lastima que sea un delito) ya que con eso no va a ningún lado, ¿no crees?
Para Dick Turpin
Hombre, tanto tiempo no se necesita para indicar el articulo de la normativa sobre comunidades de vecinos, administración de fincas urbanas y complejos residenciales, donde se refleja lo del corte del agua, y articulo a donde te remiten del código penal para indicar su ilegalidad y consecuencias.
Así que en tu opinión debo, además de contestar, exponer las razones de mi contestación y colmo no lo hago demuesro ser un ignorante y además un estúpido ¿Verdad dir7?
¿Y si no tengo ganas o simplemente tiempo de desarrollar mi respuesta?
El corte del agua podría ser constitutivo de un delito de coacciones.
Y vamos a dejarnos de chorradas y estupideces ¿De acuerdo?
Para fixin,
Hombre mas que una estupidez es un error cometido por mi, no savia que estaba derogada, de ay mi costumbre de hacer referencia a mas normas por si la cago en algún punto, pero me la he leído junto al documento hs de salubridad lo que indica casi lo mismo que en la norma derogada, lo que en el documento lo hacen mas extenso, lo que no entiendo es que si esta derogada cae unos 6 años, que hace todavía en Internet, porque lo saque de ay, pero en fin gracias por la información, lo que si es estúpido es decir que es ilegal sin dar mas información, ya que el que busca información la busca para tener algo a lo que agarrarse, y las palabras de es ilegal como puedes comprender no tiene sustento.
Miratelo aquí http://www.sociedadesurgentes.com/arrendamientos.pdf, a ver si encuentras lo del fondo de reserva, pero no se puede meter lo del el agua en la comunidad ya que el agua es de consumo privado, lo que tenéis que proporcionar una llave para que la compañía suministradora del servicio pueda acceder a los contadores, y si no quiere la demandáis, ya que esa seria la mejor solución que se encargue la compañía de hacer las lecturas y el que no pague que se apañe la compañía.
un segundo que te miro el articulo que es para que puedas mirarlo tu mismo y puedas tener una referencia con la que poder tener algo y no solo tu palabra de lo que lees
Nino, mirate las normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua.
Orden de 9 de diciembre de 1975 por la que se aprueban las normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua, o bien el documento básico HS de Salubridad,
y ai veras si la compañía lo esta naciendo bien o mal, ya que es muy raro que tengáis contadores individuales y se realicen las lecturas de esa manera, y si las normativa de la compañía suministradora dice lo contrario que las normas del ministerio de industria que es la que regula lo del agua, están en fraude de ley, Ya que ninguna norma puede contradecir las leyes.