Rose. actualmente no se leen las cartas que reciben los internos en Centros penitenciarios, sí se abren y se comprueba que en el sobre , entre las hojas etc no exista sustancias prohibidas, o algun pequeño objeto prohibido por la legislacion penitenciaria. Ademas se establece un registro de entrada y otro de salida, anotando el remitente y direccion, fecha, de la correspondencia.
No a todos, el secreto en las comunicaciones es un derecho de caracter fundamental que ampara a todos los españoles (incluso a los reclusos). Este derecho, al igual que cualquier otro de este tipo, debe ser sólo limitado legalmente y con autorización judicial.
Así, en aras de mantener la seguridad ciudadana se limita este derecho a los reclusos que sean susceptibles de poder cometer o planear algún delito desde la carcel.
Me gustaría saber si en las cárceles, los funcionarios de las mismas controlan la correspondencia de los internos, es decir, si abren las cartas y las leen, violando de esta manera el derecho a la intimidad, aunque no se pueda demostrar fácilmente.