¿Puede la junta directiva de una comunidad usar los datos de los propietarios para solicitar de forma personalizada la representación en junta de propietarios, aparte de la formalmente incluida en la convocatoria?
La junta directiva no tiene derecho a conocer esos datos personales, solo el secretario debe conocerlos. O el presidente cuando es a la vez secretario.
Están incurriendo en un uso indebido de esos datos, por la Ley de Protección de Datos. Si denuncian a la Agencia de Protección de Datos, les puede caer una buena.