Buenos días. Mi duda es la siguiente.
Tengo un cliente con el que no voy a terminar demasiado bien. Como suele pasar, a la hora de abonar la minuta es cuando te dicen que "tu trabajo no se ha visto".
Quiere copia de la demanda interpuesta. ¿Puedo tener algún problema si se la facilito?
Gracias por vuestra respuesta.
Un saludo.
No puedes ni debes tener ningún problema, tu cliente tiene derecho a controlar todas tus actuaciones. Ahora el precio lo pones tú, y si el hombre no ha visto tu trabajo es problema suyo
Hola Francerer, gracias por tu rápida respuesta.
A estas cosas uno no se acostumbra nunca. Al final tendré que ceder a que él le ponga precio a mi trabajo por no tener follones y quitármelo de encima (y no será el último, para mi desgracia).
A veces no sé qué quieren. Cuanto mejor los tratas, peor terminas.
Muchas gracias y un saludo.
No estoy de acuerdo con Francerer, cuando dice "si el hombre no ha visto tu trabajo es problema suyo".
Me parece que a los abogados y procuradores, no les entra todavía en la cabeza, que SON ELLOS los que están obligado a mantener permanentemente informado a su cliente y que deben facilitarle copia de cada escrito presentado y de los recibidos.
No es el cliente el que tiene que estar permanentemente insistiendo en ello.
Deacuerdo con lo que dice Acriton. Y añadir que para que no tengas en el futuro malo entedidos, lo mejor un presupuesto con todos los gastos detallados y firmado.
Muchas gracias a todos. Deciros que se trata de un cliente bastante "pesadito", al que he atendido incluso fines de semana. Que a mi no me molesta el hacerlo, sino la caradura que tiene ahora que todo ha terminado (satisfactoriamente, por cierto), de decirme que "si le demuestro que he trabajado, entonces me paga".
Y aquí me encuentro tragando porque la Jura de Cuentas no me va a servir para nada, puesto que es una sociedad que está sin actividad y en fase de liquidación.
La pregunta viene sobretodo porque mis escritos son propiedad intelectual. El cliente tiene derecho a tener copia de los escritos recibidos, pero de los presentados no hay obligación de darle copia. Pregunto si hay algún problema por ello. Pero todos concidís y me habeis solucionado la preocupación.
Muchas gracias.
Hombre, lo de que los escritos es "propiedad intelectual" no lo tengo tan claro. Cualquier escrito presentado por un abogado y procurador en nombre de un cliente al fin y al cabo son palabras, hechos y argumentos que se alegan en nombre de ellos, por lo que entiendo que (aunque se que la práctica habitual es totalmente la contraria) no solo se le debe dar copia al cliente, sino que incluso debe estar informado de los hechos a alegar y de la estrategia a seguir.