Cuando se solicita a la Administración copia de los documentos de un expediente administrativo según el art 35 de la Ley 30/92 ¿en qué condiciones se tienen que facilitar (no es visto nada en dicha Ley al respecto)? Lo que quiero es poder acreditar que dichos documentos forman parte del expediente pero no sé si tienen que hacer un documento que relacionen los documentos que me entregan o qué.
¿Hay alguna norma que indique conccretamente como se debe proceder cuando alguien solicite copia del expediente? Gracias.
Gracias por contestar.
Me puedes comentar a qué te refieres con sellados ¿es un sello de compulsa?¿un sello que indica otra cosa?Es que si lo que hacen es poner un sello de compulsado y no me facilitan un documento relacionando lo que me entregan y en relación a qué procedimiento no me servirá psra acreditar que esos documentos se han presentado en su momento en ese procedimiento. Un saludo.
Con el sello lo que se viene a decir es que se trata de una copia del expiente. Es decir que es una copia de todos lo documentos que confoman el expediente. Quizas para probar segun que aspectos convendria solicitar tb un certificado..