Chelinka, Como sabes en las convocatorias, la ley especifica que se debe poner los Propietarios que sean morosos, en las Actas se deben poner los exentos de votos y en las notificaciones, en caso de poner datos sobre morosos, no contendrán más datos de los necesarios para su identificación.
En las facturas, se deben cumplir los requisitos de facturas, sin que sean datos protegidos, en los listados de contabilidad, no se suele poner los números de cuenta (del banco), ni suele identificarse a los Propietarios, que en caso de ponerse, se ponen en clave, para evitar la identificación sensible de protección. En los contratos deben cumplirse los requisitos legales para cumplir las funciones de ser contratos, que por otra parte, no se si has visto contratos de Comunidad, firma el Presidente, como representante legal que es de la Comunidad y su identificación, sin que sea ilegal, con los datos identificativos de la Comunidad. Lo de enfermedades es lo primero que tengo noticias, de que se ponga en un documento de la Comunidad.
Quitando en definitiva, esa identificación sensible de protección de datos, cualquier Propietario tiene derecho a poder acceder a cualquier Documento de la Comunidad y según lo veo copia si fuese necesario (no creo que nadie pida copia a mansalva, que además no vaya a servirle), siempre que no se haga público, es decir no cuando se comunica a los Propietarios, sino a personas ajenas a la Comunidad, por eso en los tablones de anuncios no se permite información sensible de protección de datos, ya que aunque vaya dirigida a los miembros de la Comunidad, entran y salen personas ajenas y pueden leerla.
Cualquuier prohibición a los Comuneros de Datos de la Comunidad, es una excusa cuando se habla de Protección de Datos, la verdad es que no desean que se revisen Documentos, por la razón que sea.
Basicamente estoy de acuerdo con usted cuando dice: "Cualquier prohibición a los Comuneros de Datos de la Comunidad, es una excusa cuando se habla de Protección de Datos, la verdad es que no desean que se revisen Documentos, por la razón que sea."
La LPH esta por encima de la LOPD, asi lo reiteran en la agencia siempre que se consulta, y hay que cumplirla.
En la pagina de la agencia de proteccion de datos hay una seccion con sanciones impuestas. Leyendo las impuesta a comunidades sorprende la cantidad de sanciones por saltarse alguno de los pasos de la LPH incluso por administradores profesionales.
Respecto a las facturas y contratos estoy de acuerdo que poca informacion sensible contienen.
Respecto a las enfermedades, me exprese mal. Queria hacer referencia a los empleados de la comunidad, sus bajas y los motivos de las mismas. Para mi, si es imformacion sensible que obviamente no aparecera nunca en el tablon.
Ojala cuando se reforme la LPH se incluya el derecho a recibir copias de la documentacion para evitar los escaqueos de algunos y se concrete, si es que los hay, que documentos estan protegidos.
Me hace gracia eso de que cualquier propietario TIENE DERECHO a acceder a cualquier documento de la Comunidad.....En la mia llevamos 2 añitos solicitando las actas de las juntas y las cuentas,....y tantas veces las hemos pedido la respuesta ha sido poco menos " que no por cojo..."...hemos decidido dejar de asistir a las juntas.eso es lo que nos evitamos en discusiones,,,,cuando quieran que se lean la LPH
Rogante hacen mal en no acudir ha las juntas eso es lo que quieren ellos para campar ha sus anchas. una vecina mia estuvo 2 años pidiendo la documentacion por burofax y se negaban ha recoger los burofax y ha darle la documentacion. acudió ha un notario para que le diese un poder ha la abogada y la abogada se la solicitó le dio de plazo una semana antes de llevarlo al juzgado. ha los tres dias tenia toda la documentacion que pedia.
En la última convocatoria de junta, decido asistir y otro vecino cede la representación....el dia para la junta el representante del vecino,se identifica y enseña la representación y a su vez solicita que el presidente se acredite....y le dice que no tiene porqué identificarse,,,,el representante le solicita ver el libro de actas para ver su elección como presidente....tampoco (pero es que se bajó a la junta con las manos en los bolsillos)...por lo cual el representante dice que mientras no se acredite la presidencia, no se puede celebrar junta....lo mejor viene ahora,,,,el supuesto presidente indica echándose la mano al bolsillo de la camisa, que ya tiene redactado lo que vá a poner en el libro de actas,,,,,y se le indica que no puede porque mientras no se acredite la condición de presidente no se celebra junta,,,,pues hace unos dias.....nos envian pasados unos meses del tema, un burofax ahora con el acta de la junta celebrada y los acuerdos adoptados....pero con la salvedad, que en la junta no estabamos todos los propietarios y el acta tampoco se ha enviado a todos, solamente a algunos....¿Cual es la manera de solucionar el tema de una vez?¿si lo llevamos por via judicial, cree alguna persona entendida en leyes que puede prosperar o perderemos encima dinero, además de no conseguir ni actas,ni cuentas desde hace un par de años que estamos solicitandolas?.Gracias.