En ultima reunión uno de los apartados del orden del día era el cierre de cuentas, pero hay un pago a cuenta de un vecino a una compañía privada que le ha devuelto la comunidad, esto me resulta sospechoso, pero cuando le pregunto al administrador me responde que no sabe a que es debido y que será un error, cuando le pregunto al vecino en cuestión su respuesta es que no tiene por que darme explicaciones, en cualquier caso si se trata de un error el balance no cuadra por lo que considero que las cuentas no están cerradas, en la reunión el administrador se comprometió a aclarar el tema, pero si ahora no tengo copia del acta no se como habrá quedado; en cuanto a los extintores el presidente asegura que le han dicho en la junta de distrito que no es obligatorio, yo creo lo contrario, máxime cuando en los planos del proyecto de la obra del ascensor que se ha instalado hace dos años en la finca aparece un extintor por planta, cuando en realidad no hay ninguno.l
Pregunto a chelinka ¿Por qué debe reclamar al Administrador el acta?
El acta se cierra con la firma del Secretario con el Vº Bº del Presidente.
No demos las cosas por sentadas.
Por otra parte, y sin perjuicio de las dudas que pudieran tener:
Imagino que las cuentas fueron aprobadas, porque, caso contrario, no entendería que se fuera a celebrar una nueva junta y no se tratara nuevamente el tema de las cuentas
Es evidente que deberán instalar extintores en una finca y no creo que sea algo que deba debatirse, puesto que se trata de un deber que se debe cumplir por imperativo legal.
Respecto a su última pregunta, la respuesta es afirmativa. Sí pueden hacerlo.
Buenos días, hace mas de cuarenta días que se celebró una reunión de vecinos, hasta el dia de hoy no hemos recibido copia del acta, en dicha reunión se trataron temas delicados como dudas sobre el cierre de cuentas del ejercicio anterior, o la posible obligatoriedad de instalar extintores en la finca. La semana que viene se ha convocado una nueva junta sin que en el orden del dia aparezcan estos apartados y sin haber recibido acta de la anterior. ¿Pueden convocar una nueva reunión sin que los vecinos hayamos recibido copia del acta anterior?, gracias por sus respuestas.