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Coordinación empresarial arrendador

1 Comentarios
 
Coordinación empresarial arrendador
05/11/2014 16:28
Hola a tod@s!

Tenemos una duda en relación con la coordinación de actividades empresariales (CAE).

Somos arrendatarios de una nave industrial y el arrendador ha contratado a una empresa para realizar unas reparaciones en el tejado.

Ciertamente esta empresa reparadora no tendrá ninguna relación contractual con nosotros, pero como accederán al local para realizar dichas obras, no tenemos claro si hemos de realizar algún tipo de coordinación empresarial en PRL, por lo que pueda pasar, o si sólo la ha de hacer con el arrendador que lo contrata.

Gracias y un saludo!
05/11/2014 16:42
Gracias, es que me hacía dudar porque el artículo 4 del RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, prevé:

1. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales en la forma que se establece en este capítulo.

El deber de cooperación será de aplicación a todas las empresas y trabajadores autónomos concurrentes en el centro de trabajo, existan o no relaciones jurídicas entre ellos.