En relación con esta consulta, le indico lo siguiente:
Primero de todo, es un supuesto ciertamente particular por las figuras jurídicas que han elegido para la constitución de estas entidades mercantiles.
Dicho lo anterior, en cuento a la consulta, le respondo:
¿Una cooperativa puede ser constituida, entre otros, por una persona jurídica (por ejemplo, una asociación)?
Antes de responder, es importante hacer mención que las cooperativas están reguladas por la Ley estatal 27/1999, de 16 de julio, que rige como norma básica. Pero las comunidades autónomas tienen competencia plena en esta materia, con lo que a la hora de formar una es conveniente recurrir siempre a la ley autonómica que corresponda. Sin perjuicio de ello, la respuesta está basada en la legislación básica.
Dicho lo anterior, la respuesta es "Sí", las cooperativas pueden tener como socios a personas jurídicas según el artículo 12 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Artículo 12. Personas que pueden ser socios.
1. En las cooperativas pueden ser socios, en función de la actividad cooperativizada, tanto las personas físicas como jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes.
¿Una asociación puede ser constituida por una cooperativa? Entiendo que sí (art. 3 Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.), pero no localizo jurisprudencia y no sé como se conjuga con lo previsto en Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
La respuesta en teoría es sí, pues tanto el artículo 3 como el 5 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación utilizan el término de "personas jurídicas". Por tanto, si la Cooperativa ha adquirido la persona jurídica por su inscripción en el Registro correspondiente aplicaría dicho término. Ahora bien, dependerá del tipo de Cooperativa y del tipo de Asociación.
¿Podría colaborar una cooperativa con una asociación, por ejemplo mediante un contrato mercantil, o viceversa? (art. 4 Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas)
La pregunta a esta pregunta dependerá del tipo de Cooperativa y de la Asociación debido a la particularidad de ambas. Desde un punto de vista jurídico, si ambas figuras jurídicas y órganos han aprobado la suscripción de dichos contratos pues están dentro de su ámbito social y estatuto y este no contraviene ni sus normas ni las legislaciones aplicables, entenderíamos que en teoría la respuesta sería afirmativa. Pero repito, para poder contestar sería necesario tener más datos sobre ambas figuras jurídicas.
Tengo varias dudas. El tema es extenso, pero sintetizando, y a efectos de la mayor brevedad, lo reduzco a preguntas cortas:
¿Una cooperativa puede ser constituida, entre otros, por una persona jurídica (por ejemplo, una asociación)?
¿Una asociación puede ser constituida por una cooperativa? Entiendo que sí (art. 3 Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.), pero no localizo jurisprudencia y no sé como se conjuga con lo previsto en Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas..
¿Podría colaborar una cooperativa con una asociación, por ejemplo mediante un contrato mercantil, o viceversa? (art. 4 Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas)