hola, quería preguntar una cosilla: la baja voluntaria de un socio trabajador de una cooperativa de trabajo asociado, que además es vicepresidenta del Consejo Rector( sin saberlo él hasta este momento) en caso de controversia es una cuestión del orden civil y no laboral?
Hola! no ocmparto la opinión de anton, al menos no del todo. Entiendo que una cosa es la baja, y todo lo relacionado con ella es de remisión a lo social (véase artículo 87 .1. 2º parrafo de la Ley 27/99 de cooperativas de 16 de julio (BOE 17 de julio), y otra el tema penal y o civil de no haber sabido que era consejera, y esto debería impugnarlo como acuerdo nulo con los plazos correspondientes.