Soy socia de una cooperativa de viviendas en la que la promotora es tambien socia. La constructura no se ha hecho cargo de los desperfectos y defectos de construccion que se han producido en las viviendas, por ello, la cooperativa se ha tenido que hacer cargo en un primer momento de los gastos generados en reparar dichos defectos, siendo reparados por personal de la promotora y solicitandonos ahora a los socios, es decir, a los propietarios de la vivienda un importe de 1000€ en concepto de adelanto ya que hay que asumir unas facturas que la constructora no ha asumido. En una asamblea de socios se aprobó por mayoria el abonar esta cantidad con la condicion de que se diese a los socios una garantia de que en el momento en el que la empresa constructora efectuase el pago correspondiente, y otros pagos mas se llevasen a cabo los socios cobrar esos 1000 lo que correspondiera. Parte de los socios no han abonado esa cantidad de 1000€ por no darsele las garantias, y ahora esos socios estamos denunciados y tienemos un juicio verbal en proximas fechas. Mi consulta es: ¿Una vez cerrada escritura de mi vivienda, se me pueden reclamar importes derivados de defectos de construccion? o por el contrario, ¿como socio de cooperativa de viviendas debo afrontar ese pago, callar, pagar y despues reclamar?.
Se que ha habido una urbanizacion en Valladolid, concretamente en Villa del Prado, la urbanizacion Fuente Dorada, que les ha sucedido algo similar y han ganado el juicio. Queria por tanto saber, si alguien conoce el abogado o procurador que ha llevado el pleito para poder tener una refencia.
Gracias de antemano.