La junta universal, en si, no es necesario convocarla; la junta será universal siempre que estén reunidos los tres socios y acuerden el celebrar la junta con el orden del día de que se trate. Si no tienen forma de hacerla universal, tendrá que convocar la junta y ello deberá
hacerlo en la forma en la que esté establecido en los estatutos sociales; si en los estatutos no se dice nada al respecto, deberá convocarla publicando un anuncio en el BORME y en un diario de los de mayor circulación en la cuidad donde tengan el domicilio social.
Puedes realizarlo con una simple llamada telefonica y quedar (se suele hacer asi). Eso sí con tiempo suficiente o entonces con una carta certificada y acuse de recibo para el destinatario.
Si el socio es minoria y no acude se puede celebrar la junta igualmente y decidir sobre cuentas, administración, etc
¿Creo que estoy en lo cierto no? amigos foreros
Un saludo,
Hola a todos,
Quiero convocar una Junta de la sociedad limitada de 3 socios pero si no nos ponemos de acuerdo en la fecha como debo proceder?
Sirve por carta certificada con acuse de recibo y 15 dias de antelacion?
Si no es así me podéis decir como hacer
Gracias,