Sí, así es, correcto. Yo pedí una convocatoria de Junta al Registrador Mercantil (Granada) y me sorprendió que fuese tramitada bastante más rápido de lo que esperaba.
Muchas gracias, nos comentaron en el Registro que la "y" que encontramos en la redacción "Secretario judicial y del Registrador" ha de entenderse como "o", o sea, que uno u otro podrán hacerlo de forma separada. Un saludo!
"En caso de muerte o de cese del administrador único, de todos los administradores solidarios, de alguno de los administradores mancomunados, o de la mayoría de los miembros del consejo de administración, sin que existan suplentes, cualquier socio podrá solicitar del Secretario judicial y del Registrador mercantil del domicilio social la convocatoria de junta general para el nombramiento de los administradores".
Este trámite no ha de asustar ya que por lo general, este trámite suele tramitarlo el Juzgado y Registro bastante rápido.
Hola!
Encuentro cosas con respecto a sociedades acéfalas por dimisión del administrador, pero en el caso que me ocupa, la causa es el fallecimiento del mismo.
¿Existe manera de que los socios mayoritarios convoquen junta general para nombrar nuevo administrador?
Todo me lleva a pensar que la única solución es la convocatoria judicial pero ns gustaría poder evitarla.
Gracias!!