nota: adjunto el link por si le interesa a alguien más
http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com/servlet/ContentServer?pagename=R&c=Articulo&cid=1189155463255&pubid=988617426871
El derecho a compensatoria precisamente deriva de la necesidad de "compensar" a una de las partes que queda "descompensada" con motivo de la ruptura y por ello, la parte más fuerte económicamente compensa a la débil por así decirlo, para equilibrar y que ninguno de los dos quede perjudicado más que el otro ante la nueva situación. Ahora bien, las cosas cambian a veces y se produce una mejora que se puede o no tener en cuenta en un juzgado. Desde luego en el caso de tritón y de muchos otros entiendo que estén quemados si sus parejas conviven con otra tercera persona que se beneficia indirectamente de la situación. Todo es llegar a un acuerdo económico y definitivo para que no existan estos malos rollos. de todas formas el uso y disfrute no es eterno, y la mayoría de las veces la más perjudicada A LA LARGA, suele ser la mujer custodia. hay estudios que así lo demostraron en un programa de documentos tv.
A Tritón, sí, la convivencia marital extingue el derecho a la pensión compensatoria. Incluso hay una sentencia de Barcelona de hace poco que extingue la compensatoria solo por relación afectiva, ya ni exige convivencia marital en el mismo domicilio. Tendrías que plantear una modificación de medidas y no lo de la retroactividad ya plantea más problemas, yo creo que no cabría.
En cuanto a lo demás, y ésto lo digo ya como individuo y no como abogado, me parece bastante lógico que alguien que paga la mitad de su casa, esté quemado pq un tercero vive en ella de gorra y de rositas. Yo, si fuera ese tercero, no estaría cómodo en esa situación. Ese derecho de uso es para los hijos, no para el progenitor custodio ni para los terceros de gorra, así que me parece muy bien la sentencia que dije al principio del post que obliga a vender la casa. Esta claro que todo el mundo tiene derecho a rehacer su vida, pero no a costa del dinero de otros.
Os aporto una idea que yo le he propuesto a mi abogada para un caso así, que me paguen la mitad de un alquiler a precio de mercado y con esto cubro la hipoteca a mí me parece justisimo yo contento ella tambien y el novio tambien.
Triton, mi apoyo, no es gran cosa, pero lo tienes.
Creo que al acabarse la convivencia, se tendría que disolver absolutamente todo, como una herencia, aquí tambien hay un muerto, el matrimonio.
Y quizás tambien fuese una solución, que no se se en estos momentos en españa estará dentro de la legalidad, lo que en EEUU son los contratos prematrimoniales. Un paso mas allá de la separación de bienes, detallar todo en caso de que las cosas se tuerzan, hijos, bienes, inmuebles, compensaciones, todo.
A mi esto me hubiera parecido una verdadera burrada si me lo dicen hace unos años, pero ahora, si fuese o llega a ser legal, que no lo sé, se lo recomendaria a mis hijas.
Rehacer la vida con otra persona, perfecto y logico.
Pero...¿no crees que nadie tiene porque mantener "economicamente" la hipoteca a un intruso en su casa?
¿Crees que si fuera al contrario no pondrias el grito en el cielo y desde luego te negarias a pagar el 50% mientras tu ex convive con otra mujer en la que fue tu casa?
Existe otra posibilidad... vende tu parte o vender la casa. Porque cuando dices, que la denomina "su casa", dice toda la verdad...su casa aunque no la habite, es.
Y, respecto al comentario de Elody, bien dices, se la ha adjudicado a los hijos, pero se te escapa...no al novio de la madre...
inexperto,
Le pido que no me juzgue, y mucho menos sin conocer mi situación ni por lo que he pasado. Espero que en su vida no actue con esa ligereza.
1. en primer lugar ústed no sabe lo que yo gano y lo que me queda neto despues del pago de las pensiones y del alquiler. Lo que he contado es lo que gana mi ex y su nueva pareja.
2. yo no vivo en España, es decir me fuí a ganarme la vida al extranjero. Sabe cual es el sueldo mínimo en Luxemburgo por ejemplo? ústed puede hacer lo mismo, yo me fuí de casa con 16 años y todo lo que he conseguido ha sido con mi esfuerzo. No he sido de esos que se han quedado hasta los treintaytantos en casa de los papis.
3. yo puedo entender su situación por que quizás me encuentre en una parecida.
Pobrecitos, me dais una penita. Con esos sueldos netos todavía teneis la osadia de quejaros. Me parece nauseabundo, asqueante. Y los pobres mileurist@s que estamos en la misma situación de pensiones compensatorias y de alimentos, de pago de hipotecas, de ex que viven con otr@ en nuestras casas que seguimos pagando, de custodi@s que no nos permiten ver a nuestros hij@s. Claro esto nos pasa porque no debemos de ser hij@s de díos.
Gracias esmeralda
elody,
Cada caso es un mundo
1. la pensión compensatoria se le concedió a mi ex por que dijo que no estaba trabajando, cuando se puede demostrar que lo esta
2. mi ex tiene un sueldo de 3000 euros (neto), su nueva pareja (que vive en la vivienda habitual) unos 4000 (netos) tiene el uso y disfrute de la vivienda habitual que pague yo con una herencia.
3. yo tengo que vivir de alquiler y pagar las pensiones de ella y de mis hijos.
No le parece adecuado que pida el cese del pago de la compensatoria ahora que han cambiado las circunstancias...le parece poco para vivir el que una pareja con dos niños que no tienen que pagar hipoteca tengan unos 8000 euros netos al mes para 'sobrevivir' ellos....(aparte yo pago las pensiones de mis hijos, en total 1000 euros al mes)
¿Porqué tenemos tendencia a confundir una pensión compensatoria con una pensión de alimentos?
Como su propio nombre indica, una pensión compensatoria es para COMPENSAR por algo. Si un juez establece que una de las dos partes debe compensar a la otra será porque algo le debe a esta.
Otra cosa es la pensión de alimentos, que también su propio nombre indica para qué es. Generalmente se adjudica para los hijos, pero puede adjudicarse también para la mujer en el caso de que ésta no tenga medios para sobrevivir. Lo que no parece el caso de la consulta de Tritón, Esmeralda.
hola moon, me parece muy razonable tu postura de querer seguir con tu vida y no ceder al chantaje (que es exactamente lo que el hace) , máxime si ya le has ofrecido comprar su parte de la vivienda. ¿lo has hecho por escrito? tienes constancia y puedes demostrar el haber hecho esa oferta? si es así podrás demostrar que no habéis llegado a un acuerdo por su negativa.
Sí, vivo con mis 2 hijas en esta casa desde q nos divorciamos y que es al 50% de los 2.Le he ofrecido comprar su parte en varias ocasiones y no ha querido.
Y tienes razón, no sé el xq de mis miedos, es una tontería la vida sigue para mi también, él, a los 6 meses de separarnos ya convivia con otra mujer y yo sin embargo m volqué en el cuidado de mis hijas(la peke tenia 2años) y mi trabajo, hasta ahora que llevo un tiempo con esta persona y he re-hecho mi vida.
Mi ex me ve feliz y nada más q hace enviarme mensajes a través de las pekes de q él se va a encargar de q esta persona no conviva nunca conmigo en "su casa" como la denomina.
Intentaré disfrutar de mi vida y olvidarme de sus amenazas, si tengo el usufructo de la vivienda con mis hijas mi vida no se va a detener ahí.
Moon, tu sigues viviendo con tu hijo en esa casa. Porqué no puedes vivir además con quien tú quieras? ¿No quedamos en que la casa se la adjudican a los hijos? Si a tu hijo no le importa, ¿porqué no puede vivir tu pareja en la casa que le han adjudicado a tu hijo?
Ya ves cómo están las cosas. Seguro que si le dices a tu exmarido que se quede con la mitad de la casa y la guarda y custodia de su hijo se lo pensaría...
Si se tiene constancia expresa de convivencia marital eso sería suficiente para cesar el pago de la pensión compensatoria? se debe presentar escrito de modificación de medidas? sería con caracter retroactivo? yo tengo constancia que mi ex convive con una pareja en la vivienda habitual desde hacer seis meses, seis meses que también h estado pagando una compensatoria puntualmente.
http://www.20minutos.es/noticia/227419/0/sentencia/casa/divorcio/
Un juez echa de casa a una mujer divorciada que convivía con su actual pareja
AGENCIAS. 25.04.2007 - 23:34h
En una sentencia pionera, el magistrado retira el uso de una vivienda ganancial a la mujer.
La situación generada "parece inadmisible por absurda", pues el ex marido pagaba la mitad de la hipoteca.
El juez ordena que las partes alcancen un acuerdo o vendan el piso.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia pionera en la interpretación del derecho de familia y ha retirado el usufructo de una vivienda en régimen de bienes gananciales a una mujer cuyo ex marido sufragaba parte de la hipoteca pese a que ella había rehecho su vida tras el divorcio y convivía con su actual pareja en ese domicilio.
El presidente del tribunal, el magistrado Benito Gálvez, considera en el fallo que la situación generada "parece inadmisible por absurda" y asegura que del piso se beneficia un tercero "sin posibilidad alguna de acción" por parte de su ex marido, quien figura como copropietario del inmueble.
El magistrado considera que la situación generada "parece inadmisible por absurda"
Por este motivo, el juez ordena en la misma sentencia que las dos partes en litigio procedan a emprender las acciones pertinentes para la venta del inmueble o, en su defecto, alcancen un acuerdo para que uno de ellos continúe siendo el titular de la misma siempre previo pago del otro del importe correspondiente.
Los hechos que han motivado el fallo judicial datan de marzo de 2001 y se basan en una primera sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Instrucción número dos de Almería en la que su titular decidió la esposa continuara residiendo junto con el hijo del matrimonio, menor de edad, en el que hasta entonces era el domicilio conyugal.
Desde entonces y hasta la fecha --sostiene el magistrado Benito Gálvez -- "resulta innegable que se ha producido una esencial modificación de las circunstancias que en su momento fueron tenidas en cuenta para el establecimiento de la medida atributiva del uso del piso".
Así, detalla, la ex esposa "posee recursos económicos suficientes" y convive maritalmente con otro hombre en la vivienda ganancial concedida por su ex marido, quien ha satisfecho periódicamente los gastos del 50% del préstamo préstamo hipotecario del citado domicilio.
Se ha producido una esencial modificación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día
La medida no afecta a la custodia del hijo del matrimonio disuelto, de 16 años, por lo que las alternativas judiciales descritas --concluye el presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería-- "conjugan perfectamente los derechos del menor, el interés del padre no custodio, los derechos y obligaciones de la madre y el principio que impide el enriquecimiento y abuso de derecho".
realmente y en puridad el usufructo no lo tienes tú, sino tus hijos y por ende indirectamente tú por ser el progenitor custodio. Hace poco salió una sentencia que obligaba a vender la casa pq la mujer convivía con otro y eso era una alteración de las circunstancias del divorcio.
Otra cosa es que tu ex te esté pasando una pensión compensatoria. El convivir maritalmente la extinguiría.