Próximamente voy a comprarme un piso del cual pagaré una parte con mis ahorros y el resto con una hipoteca de la cual yo seré único titular.
Convivo con una persona con la cual tengo un hijo en común, pero no estamos casados ni registrados como pareja de hecho aunque convivimos desde hace 5 años.
Esta persona no aporta ningún capital para la compra del piso ni en ningún caso responderá del pago de la hipoteca del mismo , aunque mensualmente me entregará una cantidad equivalente al 50% del alquiler de un piso de similares características al que yo voy a comprarme y en el cual viviremos.
Me gustaría saber si esta persona puede reclamarme, en caso de separación, su parte de esa vivienda o alguna compensación económica.
Considero que no podrá reclamar nada si apareces como unico titular de la vivienda y del préstamo. Unicamente matizar que la jurisprudencia últimamente una vez finalizada la convivencia, y en caso de reclamarlo concede a los hijos extramatrimoniales y al progenitor en cuya compañía queden el uso de la vivienda familiar, al margen de su titularidad, por aquello de no discriminación.