Eso tendrán que decidirlo Vdes. según sus intereses.
La donación de padre a hijo puede estar bonificada en impuestos para el donatario según la comunidad autónoma. No obstante, traspasa al donatario la plusvalía y tributará IRPF por parte del donante. Además, este tipo de adquisición queda reflejada en el Registro de la Propiedad (cosa a tener en cuenta para una posible colación hereditaria si hay más hijos).
Respecto a la cuenta ahorro-vivienda, ésta solo se puede destinar a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Ahí, en principio, podrían entrar con seguridad los gastos destinados a la compra o a la recepción de la donación pero sólo si el local ya ha sido previamente convertido en vivienda y esta ha sido legalizada como tal.
No sé si le admitirán como fin válido destinar el dinero a la conversión (obras de adaptación y cambio de uso) del local como vivienda puesto que eso no sería una rehabilitación.
Mi padre tiene un local que queremos convertir en vivienda para poder utilizarlo yo en un futuro. ¿Me podéis decir cual de las siguientes opciones puede ser más ventajosa económicamente? ¿DONACIÓN o COMPRAVENTA? Yo tengo cuenta ahorro vivienda y me gustaría poder hacer uso de ella.