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Conversaciones telefónicas como prueba en proceso civil.

3 Comentarios
 
Conversaciones telefónicas como prueba en proceso civil.
11/05/2005 12:59

Durante el proceso de separación grabé las llamadas que me hacía mi hijo de 7 años estando con su padre. En las mismas se prueba la manipulación de la que ha sido objeto mi hijo y eso mismo es lo que quería probar en el juicio civil en primera instancia, y ahora en la apelación al Provincial.

En el acta del juicio consta la denegación de esta prueba alegando ser innecesarias por no constar la forma en que fueron practicadas. Sí se aceptó el practicar una prueba pericial psicológica, pero en el acto de ratificación del juicio la psicóloga reconoció que no se había entrado a valorar la posible manipulación ya que habian sido pruebas superficiales, sí reconocío que el menor podría estar manipulado pero que no se entró en valorar.

En definitiva, no puedo probar la manipulación sufrida por mi hijo, y sólo las cintas grabadas que son llamadas de el a mi casa son el medio por el cual puedo probarlo. En los psicosociales de Madrid no valoran esto aunque sí sé que en otras ciudades como en Barcelona. Con lo cual me siento en total indefensión, la justicia no me deja probar la verdad ni tampoco indaga a través de los psicosociales.

Sé que las pruebas que aporté son lícitas, eso me dijo mi abogado. ¿Porqué la juez rechaza esa prueba alegando que son innecesarias por no constar la forma en la que fueron realizadas?.

Me gustaría saber la opinión y qué puedo hacer para que me dejen demostrar la verdad.
perfil J.
12/05/2005 13:17
La jurisprudencia dice que son válidas las grabaciones en las que aparezca uno mismo, no son válidas si el demandante no aparece, ahí se estaría antentando contra el derecho de intimidad.

Será legal, pues, una conversación entre tu marido y tú, pero yo entiendo que será ilegal una conversación entre tu marido y tu hijo si tú no intervienes en ella.

Bueno, esta jurisprudencia que yo conezco es de la jurisdicción penal, no creo que haya inconveniente que en el proceso civil se admita con los mismos criterios.

A ver si alguien da más opiniones.
12/05/2005 13:42

Las grabaciones son llamadas que me realiza mi hijo que tiene 7 años. En ellas hablamos el y yo, pero de vez en cuando se escucha de fondo la voz de mi expareja decirle cosas a mi hijo.

Sí me ha dicho mi abogado que es de familia que son legales pero quería saber la opinión de alguien más en este area del Constitucional.

El tema es que es la única forma de probar que a mi hijo se le manipuló, y no me dejaron probarlo. Me dice mi abogado que igual al no ser admitidas en primera instancia tampoco lo harán en el Provincial, y claro es que me siento en total indefensión para poder probar la verdad. Yo no entiendo porqué si son lícitas no se admitieron a trámite, ni tampoco entiendo el porqué si mi letrado dijo a la juez que en esas cintas se probaba la manipulación sufrida por el menor, ésta estima practicar una prueba pericial pero sólo para ver la idoneidad respecto a la custodia y establecer el régimen de visitas. La psicóloga del juzgado ve posible una manipulación y no indaga en ello porque se practicó pruebas superficiales.

En definitiva, que no tengo forma de probar nada porque ni se admite como prueba pero tampoco se investigó en el pericial.

Como no hay garantía de que por lo civil pueda probar nada estoy pensando en dirigirme por la vía penal, dado que no me dejan probar nada por la vía civil. Pero ¿no es algo subrealista? ¿En base a qué criterio un juez puede denegar unas pruebas?. A mí no me preguntó cómo habían sido realizadas las grabaciones ni tampoco a mi letrado, lo que sí dijo mi letrado a la juez es que eran lícitas. ¿Cómo puede estimar innecesarias unas pruebas donde se puede valorar la manipulación sufrida de un menor?.

No entiendo nada. En el informe pericial practicado a mi hijo se ven indicios claros de manipulación y a mí no me dejaron probarlo.

Gracias J
perfil dp
14/05/2005 19:25
Lamentablemente el juez sigue siendo Dios.
Triste pero cierto.
Lo mío es más sangrante: un policía miente en una testifical ante el juez en persona, se demuestra documentalmente la falsedad del testimonio prestado. Se pide volver a citarlo para repreguntar sobre la mendacidad dicha (pues es vital para la instrucción del caso) y el todopoderoso juez deniega la prueba y sobresee el caso por falta de indicios sobre la autoría (actualmente recurrido en apelación ante la Audiencia).
Ver para creer. Y luego les extraña de que la Justicia es la institución peor vista por la ciudadanía.
Son los únicos funcionarios (los jueces) a los que no les sucede nada si la "cagan". Y ya esta bien de que cuando se revisan sus sentencias no aparezcan sus nombres amparándose en el "órgano" (Juez de lo Penal nº X, Secc.3ª A.P. Vigo , en lugar de Pepito Pérez ...)