Es normal, el notario da fe de que fulanito ha ido a la notaria y que en su movil aparece determinada conversación. No pueden dar fe de otra cosa, ni que la conversación sea real ni que el remitente sea el que dice que es. La forma de aportar esos whatsapps y audios es en el propio procedimiento judicial debidamente transcritos y solicitar el cotejo de los mismos por el letrado de la administración de justicia. En caso de que se impugne de contrario su autencidad, pericial informática. Por su puesto en el verbal proponer todo como prueba, reproducción de audio (en el mismo dispositivo en que fue archivado) y documental con los textos.
Buenos días! He ido a una Notaría porque quiero presentar como prueba en un verbal unas conversaciones de WhatsApp y quería que el Notario diera fe y me dicen en la Notaría que no admiten audios y de las conversaciones escritas que pondrían una coletilla diciendo que no dan fe de que no esté manipulado el software. Quiero saber si es normal y si le ha pasado a alguien más. Saludos.