Hola, quisiera que alguien me pudiera ayudar o darme una opinion sobre lo siguiente. Hace 5 años que me separe legalmente de mi pareja y antes de casarnos compramos a nombre de los dos una vivienda, la cual él me cede a mi en el convenio regulador (propiedad de la vivienda, uso y disfrute), hace tiempo que lo consulte y para ahorrarme el tema de ir a un notario me dijeron que llevando las escrituras y el convenio regulador al registro de la propiedad , ya allí la inscribian a mi nombre sólo, quitando a mi ex. Puse esto en manos de una gestoria que después de varios meses me dice que el registro ha rechazado esto que yo queria hacer porque según ellos dicen, la vivienda al haberse comprado de solteros, (en el convenio se señala como domicilio del matrimonio) pues que no se puede hacer de esa forma porque hay un error y está mal redactado. Yo no entiendo mucho de leyes pero creo que si antes de un matrimonio no se hace separación de bienes, cuando te casas, pasa a ser bienes gananciales ¿no? entonces no entiendo cómo en el registro no me quieren hacer esto. Yo lo queria hacer así porque así me ahorraba el dinero del notario. ¿Creeis que al final tendré que acudir al él para poner la vivienda ya por fin a mi nombre? Mis miedos son porque mi ex no paga nada, tiene muchas deudas y temo que cualquier dia me puedan embargar el piso. NECESITO AYUDA POR FAVOR. Muchas gracias.
No soy un especialista en la materia pero entiendo que efectivamente debeis de ir a un notario para realizar las modificaciones oportunas y ademas creo que tambien afecta a los tributos porque, no estoy muy seguro, pero se podria considerar como una donacion. Otros compañer@s podran opinar al respcto.
Hummmmmmmmmmmm cuidado al tema fiscal que no proceda una imposicion por donacion!
Yo iria al juzgado de familia para que aclare el convenio. Si el no se opone o no se presenta seguramente el magistrado lo aclare por lo que al registrador no le quedaran mas que inscribir al autentico propietario.
Pedid como medida cautelar que haga una anotacion preventiva para que no pueda ser embargado por deudas del ex mientras el tribunal entra a dilucidar el fondo ( ello ayudara a que falle a tu favor),
Asi mismo pediria que fuera el propio magistrado quien ordenara al registrador que proceda a inscribir el piso tal como se acordo
Reitero mi temor al fisco en caso de escritura notarial
Irenita
Si el registrador se niega a registrar con esos datos ( sentencia) hay dos opciones. Pleitear contra el registrado ( proceso farragoso y poco conocido por los letrados) o ir al organo que emitio la sentencia para que aclara especificamente ese punto.
La ingenieria juridica indica claramente que es muy preferible la segunda opcion
Muchas gracias por las respuestas, pero me podria aclarar alguien si para realizar estos pasos necesito de un abogado, o por el contrario lo podria hacer yo, y si es asi que pasos tendria que ir dando. Por ejemplo, voy primero al Juzgado de familia para aclarar el convenio? . Es que no voy muy bien de dinero y por eso prefereria hacerlo yo, pero si no me queda otra tendre que acudir a un abogado. Gracias.
¿ En el convenio regulador se hizo la liquidacion de los bienes ganaciales?. Si asi se hizo, y esta aprobado judicialmente el registrador no tiene mas remedio que hacer la inscripcion del mismo.
Es pòsible que tenga algun otro problema que tu no has explicado.
Ferro te lo explica bien los pasos que tienes que dar; pero yo creo que callas algo en tu explicacion o, te pierdes en algun paso..
La vivienda es de v.p.o. pero ya hace mas de 5 años k la compramos. Cuando la escrituramos estabamos solteros y a los pocos meses nos casamos. En el convenio regulador se hizo la liquidación de bienes gananciales, que sólo era la vivienda. No entiendo nada, si esto está bien hecho ¿por qué en el registro no lo aceptan?
Entiendo que no te la aceptan porque si los titulares de la vivienda sois los dos, a pesar de que medie una sentencia de separacion y un convenio regulador en el que se diga que la vivienda pasa a ser de tu propiedad a efectos fiscales eso tiene un tratamiento que debera ser reflejado en escritura nueva. El registrador de la propiedad no tiene facultad para hacer modificaciones registrales en cuanto a la titularidad de los bienes simplemente porque lo diga un convenio regulador. Otra cosa seria que por orden judicial asi se especificara pero vuelvo a insistir en que ello lleva consigo implicaciones fiscales y tributarias. Salvo mejor opinion.
antes del matrimonio, no existe sociedad de gananciales, esta se forma exactamente, en el acto de la boda (se firma el contrato), por lo que los bienes anteriores son privativos, aunque se compre un piso a medias este es privativo (de fulanito y de menganita, no del matrimonio), por lo que cuando un juez decide atribuir a uno de los conyuges la propiedad del piso,por voluntad de uno de ellos le esta dando un contrato de propiedad, pero fiscalmente este contrato esta sometido a la forma juridica, bien donacion, o bien compraventa, como supongo que la cesion ha sido gratuita, esta sujeta al impuesto de sucesiones y donaciones, si te hubiese vendido el piso, seria un contrato de compraventa y creo que te hubiese salido mas barato fiscalmente
El registrador hace lo correcto al no inscribir. Si hubierais adquirido la vivienda ya casaados no habria problema, pero al adquirirla de solteros, pro indiviso pero privativamente, en el convenio, al liquidar los gananciales no podeis liquidar la vivienda privativa a no ser que también se haga constar que la misma fue aportada por ambos a la sociedad de gananciales (era así de fácil) (el abogado que os hizo el convenio debería haber hecho constar sólo esa frase) y se os hubiera inscrito en el Registro.
Ahora la solución es, o bien un procedimiento de modificación de medidas o aprovechar el divorcio para rectificar el convenio, o bien hacer una escritura pública con esas afirmaciones y la liquidación.
Los temas fiscales nada tienen que ver a que se inscriba o no. Son importantes a fectos de que no os liquiden por donación, pero eso se soluciona liquidando la sociedad de gananciales a la peseta, la mitad estricta a cada uno, y para eso sólo hay que hacer cuadrar los números.
Mi consejo sobre si necesitas abogado, es que sí, pero aseguraté que sabe de lo que estás hablando, pues el que hizo el convenio sabía sobre separación, pero tipo, en cuanto hubo algo diferente no supo que tenía también que aclopar el convenio.
Como abogado diré que no se puede opinar de la labor de un compaañero sin saber un poco más del tema, eso lo primero. Lo segundo, me gustaría saber cual sería la circunstancia que sustancialmente se ha modificado para poder hacer eso a través de un modificación de medidas. Yo eso no lo veo tan facil. Tercero, si se lleva a la sociedad de gananciales, entonces hay que hacer dos mitades estrictas y el que se queda con el piso compensar al otro hasta que, efectivamente, cuadren las dos mitades. Si no se lleva a la sociedad de gananciales, no hay nada que cuadrar, lo unico liquidar los impuestos por donacion o conforme se haya estipulado en el convenio. Una cosa es, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, que se incluya la cesion o lo que sea en le convenioo regulador y otra que haya que hacerlo por narices para poder inscribir el piso a tu nombre. Hay que ir al notario.
Pisoni, gracias por tu lucidez. Lo has expresado mucho mejor que en mi intervencion pero en resumidas cuentas es lo que estaba intentando argumentar desde mis escasos conocimientos del derecho. La opinion al respecto de casete2000, me la reservo con todos los respetos.
Saludos.