Una pregunta tonta: atendiendo a que el convenio de peluquerías no recoge el preaviso que deben dar los trabajadores por baja voluntaria y por tanto su descuento ante su falta, y si el E.T. nos remite en ese aspecto al convenio o costumbre, puedo descontarlo?
Ya sé que parece una perogrullada pero me resisto a pensar que no puedo descontar de un finiquito la falta de preaviso ante un baja voluntaria del trabajador.
Pues si el convenio no dice nada hay que estar a la costumbre del lugar...pero eso sí haber como la pruebas...y que no te salga más caro descontar el preaviso, que no hacerlo.
También dependerá del tipo y duración del contrato...a efectos de los criterios de la poca jurispruedencia que hay al respeto.
Por cierto...el trabajador está en periodo de prueba?? pues si es así no hay preaviso.
-En derecho del trabajo la norma que no este escrita no se puede sobreinterpretar, es decir; si no viene de forma escrita que son 15 días de preaviso es que no hay preaviso.
-Por otra parte, no nos dice usted que tipo de cto tiene el/la trabajador@, si éste es de duración inferior al año de duración no precisa preaviso.