Buenos días.
En el pliego de cláusulas para la gestión de residencia públicas de la tercera edad en Cataluña, en la descripción de las funciones de las gerocultoras una de las funciones dicen que como son de atención directa no harán las camas, en el convenio dice que es función de las gerocultoras, el pliego dice que las camas las tienen que hacer las de atención indirecta, pero que recomiendan contratar a personas para esta función, de atención indirecta en este caso les tocaría hacer las camas a las de limpieza, en el convenio dice que no les corresponde pues las gerocultoras son de un grupo superior.
Mi pregunta¿ es que prevalece el convenio o el pliego de cláusulas ya que las residencias son propiedad de la Generalitat.? Que las gerocultoras no hagan las camas me parece bien, pues se pierde mucho tiempo y eso va en detrimento de la atención al residente, pero no se puede obligar a las de limpieza, pues el convenio dice que es función de un grupo superior.
Es un tanto extraño que en el conv colect de ámbito Autonómico no se definan las tareas del gerocultor/a. Ahora van a tener las residencias que contratar camareras de pisos para realizar esas tareas.
En el VIi conv colectivo de ámbito estatal, bastante obsoleto porque es de 2015 hasta el 2018, pero mientras no se denuncie y se firme otro mantiene su vigencia, específica claramente las funciones de todas y cada una de las categorías y la de hacer las camas corresponde al gerocultor/a, sólo faltaba que a los de la limpieza, (normalmente servicio externalizado), les tocase tb hacer las camas
smo
Ya está en vigor el VIII convenio de ámbito estatal y el autonómico que solo afecta a las residencias públicas o concertadas que facturan como mínimo un 60% a la Generalitat , si específica las funciones de cada grupo y hacer camas corresponde a las Gerocultoras y no a las de limpieza. Pero la Generalitat propietaria de las residencias públicas exige que las gerocultoras no hagan las camas y recomiendan contratar a personal para está función. Se contrato y la tuvieron durante dos años sin un solo día de fiesta, hasta que el nuevo comité de empresa se enteró y lo denunció a inspección de trabajo. Ahora evidentemente hace fiesta cuando le corresponde, pero la empresa pretende que los días que no esté hagan las camas las de limpieza y como es lógico se han negado. El comité ha exigido que contraten a otra persona y las Gerocultoras como llevan 2años sin hacer las camas no quieren hacerla porque como he dicho lo exige la Generalitat, para que estén más tiempo atendiendo a los residentes.
Pues nada, si la Generalit así lo exige perfecto y se ha denunciado a inspección y la inspección qué dice? Pues si la Generalit lo dice la inspección se declarará incompetente y así todo igual tendrán q5 externalizar el servicio y contratar camareras de pisos, (del ramo de la hostelería), para hacer estas tareas, lo que está claro es que el servicio de limpieza no sólo no puede asumir esas funciones sino que no tienen la formación para ese cometido, hay personas que por sus patologías no las pueden mover de la cama y van a poner a una limpiadora a hacer la cama moviendo al usuario sin tener formación en cuanto a mover a éste, nada cuando una limpiadora se cargue a un anciano porque le caiga por no saber manejar la situación, luego se echarán las manos a la cabeza y dirán pero quién le manda a esta limpiadora que haga camas, ni es su cometido no tiene la formación, pero bueno no pasa nada perdemos un pensionista que solo nos supone un coste, así va el país.
Esos sí, no quisiera yo ser el profesional de la limpieza que tenga un problema como ese, le buscan la ruina seguro.
smo
Los residentes encamados, las camas las hacen las gerocultoras. La denuncia a inspección de trabajo todavía no se sabe nada y era porque la empresa que gestiona la residencia publica, quería despedir a la trabajadora que se contrato para hacer las camas y que las hicieran las del servicio de limpieza, que no es un servicio externalizado, todas las trabajadoras pertenecen a la misma empresa, que ya es la tercera empresa que gestiona la residencia. Yo lo único que quiero saber es que prevalece, en el caso como es este que el convenio dice una cosa y las condiciones que exige la Generalitat a las empresas que optan a la gestión de las residencias públicas es en algún caso diferente al convenio. Que las gerocultoras no hagan camas es bueno para ellas y los residentes.
Aunque no sea un servicio externalizado, el de limpieza, no es personal cualificado y hacer camas no es función suya ahora bien si les mandan hacerlo y tragan pues nada, como lo he dicho cuando haya un accdte ya veremos quién deriva responsabilidades.
Lo que prevalece siempre es el convenio.
smo