Habría que leer el convenio, pero en general el Juzgado no va a llegar a tiempo para obligar a hacer/no una visita del domingo de esa semana, porque los tiempos judiciales de ejecución de sentencia son de varios meses.
Buenas tardes a todos, os expongo una duda.
Según convenio los domingos tarde le pertenecen al no custodio.
Un domingo al mes, por trabajo, no custodio pide cambio y normalmente se fija en domingo por la mañana, para respetar el día. (Los cambios siempre se concretan unos días antes para confirmar.)
El tema es: Si por escrito ya concretamos que no custodio viene domingo por la mañana está semana, podría este a última hora (por el motivo que sea) decir que acudirá según dicta el convenio?
Me supone reorganizar mi tiempo nuevamente. No habría mucho problema en esto en otro momento, el dilema es que tengo un compromiso importante.
Un cambio de mutuo acuerdo en este caso tendría más peso que el convenio?
Gracias