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Convenio Extraestatutario

1 Comentarios
 
31/01/2005 17:37
Hola.

Los pactos extraestautarios tienen caracter de contrato entre las partes firmantes. Por lo tanto, estos acuerdos se aplicaran a los contratos individuales de los trabajadores firmantes mediante la incorporacion de forma tácita o expresa a las clausulas del contrato individual.

Las condiciones mas favorables incorporadas de esta forma a los contratos individuales tienen por lo tanto la consideracion de condición mas beneficiosa. Así, un convenio estatutario posterior, podrá compesar o absorber estas condiciones mas beneficiosas, pero nunca suprimirlas.

La competencia para conocer de los conflictos derivados de los convenios extraestatutarios corresponde a los juzgados de los social mediante el procedimiento declarativo ordinario o por medio del procedimiento de un conflicto colectivo.

Dada la complejidad del tema y deduciendo de lo que dices que no teneis precisamente un apoyo de los sindicatos, creo que para defender vuestros derechos, los firmantes de ese convenio extrestatutario deberiais poneros en manos de un laboralista con experiencia que defienda vuestos derechos e intereses.

Saludos.
Convenio extraestatutario
31/01/2005 13:44
La anterior Direccion de la Empresa pactó con ELA un convenio extraestatutario al que se adhirieron 500 trabajadores de los 2000 de la empresa.
Para pasar al Convenio extraestatutario se establecio una equivalencia de categorias en dicho Convenio en virtud de la cual, los trabajadores que tenian una determinada categoria en el Convenio de eficacia general, les correspondia una determinada categoria en el Extraestatutario, ademas en este nuevo Convenio la antiguedad se incorporaba a un nuevo concepto salarial y se congelaba para el Futuro.
Durante este Convenio he tenido un Ascenso profesional totalmente legal.
Ahora con una Nueva direccion el Convenio Colectivo extraestatutario desaparece y la empresa de acuerdo con los Sindicatos mayoritarioas han decidio que todos los adheridos al Convenio Extraestatutario se pasen al Convenio de eficacia General, perdiendo los años de antiguedad que se ha estado en el extraestatutario, (ya para toda la vida), y dejando sin efecto los ascensos profesionales efectuados por la anterior Dirección de la empresa, haciendo caso omiso del Anexo del Convenio Extraestatutario en el que se estabblecia la Equivalencia de Categorias entre Convenios.
Mi pregunta es, ¿Se ajusta a derecho esta pretensión injusta tanto de actual Direccion como de los Sindicatos mayoritarios, o existe posibilidad de que deban seguir respetando la antiguedad y los Ascensos producidos duarnte la Vigencia del pacto extraestatutario ?.