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convenio especial

10 Comentarios
 
19/03/2012 19:46
Le he contestado desde el principio.
Lo que pasa es que a veces me gusta que el que pregunta tambien se esfuerce en comprender la respuesta.
A veces no es SI o no,
Como todo en la vida, tiene matices.
19/03/2012 19:36
Muchas gracias

Saludos
19/03/2012 11:43
Trola, si nadie te obliga a responder, y menos aun a ser modesto, esto último ya lo sabes muy bien, tanto, como los demás foresros ya sabemos a que te dedicas.

Panaso, como veo que Trola, como lo unico que sabe hacer es tirarse flores, ya que después de 4 post, no te ha respondido a la pregunta que haces ....

¿es si es necesario,obligatorio o conveniente estar apuntado como demandante de empleo con este tiempo de antelacion a la jubilacion?

No lo es, así de sencillo, y déjate de si come pan o gazpacho.



19/03/2012 11:32
Puesto que nadie quiere contestarte, me obligas a tener que darte respuesta.
Mira la situacion sanitaria la tienes cubierta,ya te he puesto el art.
Lo de estar apuntado al paro, ya te he dicho que no come pan.
En tu caso el estar apuntado es voluntario.
Si no quieres estar apuntado, vas a la oficina y le dices que no necesitas estar demandando empleo.
La verdad es que no se que quieres que te diga.
Eres libre de estar demandando empleo.
Lo de estar apuntado no te vincula a nada, excepto que pueden llamarte para darte un trabajo.
En fin, si no me crees que alguien te responda, ya te digo que yo te respondo, porque nadie lo hace.
Normalmente suelo responder a casos que los foreros no responden.
19/03/2012 09:58
La razon, por la que he puesto este correo es que habia oido que seis meses antes de la jubilacion tenias que estar apuntado como demandante de empleo.Como me quedan dos años la duda es si me borro ahora y me vuelvo a apuntar cuando me falten seis meses o sigo como estoy.
Saludos
18/03/2012 20:27
Bueno si alguien quiere contestarle a este señor, a ver si aclaramos su duda.




Tendrías que leerte el tal convenio.
En su art. Nueve dice:Artículo 9. Acción protectora.

1. En las situaciones de alta o asimiladas a la de alta por convenio especial, al producirse el respectivo hecho causante se otorgarán, si se reúnen los requisitos necesarios, las prestaciones correspondientes derivadas de contingencias comunes a excepción de los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y riesgo durante el embarazo, quedando asimismo excluidas la protección por Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, sin perjuicio de lo que con carácter de especialidad se establece en el Capítulo II de esta Orden.

2. Las prestaciones señaladas en el apartado anterior se reconocerán con arreglo a las normas que las regulan en el Régimen o Regímenes de la Seguridad Social en los que figure incluido el suscriptor del convenio especial.


Si tienes un rato libre, te invito a que leas el convenio,
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/o2865-2003-tas.html#a9
18/03/2012 18:29
Trola con 63 años me darias trabajo tu?
No me molesta estar apuntado al paro, pero repito no se si es necesario u obligatorio y si esto repercutiria en el tema de las prestaciones sanitarias.
Trola si no estas convencido cuando respondes,pues si no lo haces tampoco pasa nada.
saludos
18/03/2012 12:23
¿ Es que te come pan estar apuntado al paro ?
18/03/2012 12:11
Alguien, por favor, me puede responder a la pregunta?
17/03/2012 23:07
Si te ofrecieran un contrato de trabajo, podrías ahorrarte el importe del convenio especial.
Convenio especial
17/03/2012 21:48
Buenas tardes:
Estoy pagandome el convenion especial de la s. social ,me pienso jubilar dentro de dos años y estoy apuntado como demantante de empleo y la pregunta es si es necesario,obligatorio o conveniente estar apuntado como demandante de empleo con este tiempo de antelacion a la jubilacion?
Saludos