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Convenio especial seguridad social reinterpretación

14 Comentarios
 
Convenio especial seguridad social reinterpretación
28/01/2022 20:37
Buenas noches. He recibido comunicación de mi banco de que me va a pasar un cargo la TGSS por importe de 60 euros y parece que se deba a lo siguiente y tiene relación con Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre.
Hace quince años firme un convenio especial con la seguridad social cumpliendo todos los requisitos. Estuve varios años sin trabajar y me interesó el convenio. Tengo que decir que antes del convenio siempre cotizé en el régimen general. Entre las opciones que me dieron en bases de cotización elegí la opción reflejada en el artículo 6 2.1 c de Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre que correspondía con la base mínima de cotización vigente para autónomos. Pues bien, parece ser que en septiembre de 2021, según me dicen en la TGSS, hubo una reinterpretación de ese artículo y el cálculo lo quieren hacer en función de mis últimas bases de cotización en el régimen general. Y parece ser que me lo van a aplicar para los cuatro años anteriores a septiembre 2021 con lo que me supone pagar ahora mucho más.y me imagino que me lo irán cobrando mes a mes hasta regularizarlo. Yo por mucho que me leo la orden no veo esa reinterpretación. Os pido ayuda y vuestro consejo pues creo no tienen razón. Nota: Llevo jubilado desde abril de 2019.
28/01/2022 20:43
Soy el mismo. Según me han dicho en TGSS hay bastantes llamadas preguntándoles por lo mismo.
28/01/2022 23:20
Sigo ampliando:
En la pagina web de la seg. social sobre derechos y deberes:
https://www.mites.gob.es/es/Guia/texto/guia_14/contenidos/guia_14_32_1.htm
Dice lo siguiente al respecto en lo que se refiere a convenios especiales:
Cotización y bases de cotización: "En ningún caso el importe de la base de cotización será inferior a la base mínima ni superior a la base máxima que en cada momento esté establecida en el régimen de la Seguridad Social de procedencia y de la categoría profesional en que estuviera inscrito, ni inferior a la base mínima vigente en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos".
Pero esto debe ser la reinterpretación pues en el texto consolidado de la orden TAS/2865/2003
no aparece esto ni nada que se le parezca.
El texto consolidado de la orden es:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-19281
Por favor pido consejo para solucionar esto. No se si se podrá recurrir o que.
A todo esto todavía a fecha de hoy (28 de enero) no he recibido ninguna carta de la TSGG comunicándome nada. Solo el aviso del banco. La información que tengo me la han suministrado por teléfono.
Ayuda por favor. Me tienen asustado. Después de haber elegido la base mínima de cotización de autónomos por que no podía pagar cuotas más altas. Ahora me viene con esto.
Muchas gracias
28/01/2022 23:47
Otra pregunta: Me jubilé en abril de 2019. En el caso de que me puedan reclamar 4 años a partir de la fecha de la reinterpretación que fue según ellos en septiembre de 2021 ¿cuantos meses me podrían exigir? Yo creo que no me podrán exigir más allá de la fecha de jubilación (es decir de septiembre 2017 a abril de 2019). O ¿me van a exigir los cuatro años? (septiembre de 2017 hasta diciembre 2021. Cada vez estoy más liado.
04/02/2022 08:55
Estoy en una situación parecida a Lafuenfria, 66 años, discapacitada, viviendo de una ayuda. Firmé el convenio el 30-12-2015, por enfermedad dejé de trabajar (soy médico). El 31 de enero de 2022 me hicieron de la TGSS un "vaciamiento de mi cuenta", casi 700 euros (pues aumentaron a casi el doble mi cuota del Convenio Regularización retroactiva a nov 2017 por Real Decreto), . Estoy desesperada! Solo me ofrecen (verbalmente y telef.) pagar en 60 (con intereses) cuotas de mas de 500 euros. Imposible pagar!. Además por circunstancias personales me jubilo con lo mínimo pues solo tendré 15 años de aporte. Pedí cita telemática, sin dármela a día de hoy. Tenemos alguna salida digna?. Responden en este foro? pues no he podido ver ninguna respuesta de los profesionales especialistas. Gracias
05/02/2022 15:38
Hola:
Siento que estés en una situación parecida a la mía. Yo llevo una semana por teléfono hablando con ellos y todavía no he podido hablar con nadie de convenios especiales. Me preocupa una cosa. Hablas de pagar con intereses. Esos intereses se refieren a las cuotas regularizadas (octubre 2017 dic 2021) o a un aplazamiento del pago de esas cuotas a partir del 1de enero 2022. Para ser más claro, si se pagara el importe total de la regularización hoy entiendo que no cobrarían intereses. ¿Es así ?. Creo que debería ser así pues la demora no ha sido culpa nuestra.
Muchas gracias
05/02/2022 16:06
Como no sé si he dejado clara la pregunta que te he hecho antes voy a intentar hacerla más clara:
Nos han comunicado la regularización (bueno yo todavía no he recibido una carta) ahora en enero 2022 y la regularización supone X euros. ¿El cálculo de intereses va a ser por el aplazamiento de X euros a partir de enero de 2022? Si no es así me estoy empezando a asustar todavía más.
Otra pregunta ¿Cómo has conseguido hablar con ellos y que te ofrecieran pagarlo de esa manera?
Muchas gracias
13/04/2022 11:13
Hola, estoy en vuestras mismas circunstancias. Firmé convenio especial en noviembre de 2017 de acuerdo con las instrucciones recibidas del funcionario de TSS en cita presencial. Me dieron la opción de cuota mínima a la que me acogí. Desde julio pasado estoy jubilado. En enero recibo 4 cuotas sin previo aviso y sin haber recibido notificación alguna de la TSS. Devolví las cuotas a través del banco. En febrero otras 4 cuotas 303 €. No pude devolverlas por haber pasado 3 días. En marzo otras 4 cuotas 303 €.las devolví y he dado orden al banco de no pagar nada a la TSS. Consigo hablar por teléfono con la TSS y me dicen que hago bien en devolverlas si no estoy de acuerdo. Y que haga un recurso de alzada reclamando la devolución. Y que ese recurso no hay por qué perderlo. Estoy dispuesta ir a juicio si hace falta. Esto es un atraco a mano armada de la SS.
13/04/2022 11:25
He hecho el recurso de alzada online y me dicen que está admitido y si en un plazo de 3 meses no lo resuelven sería denegado por silencio administrativo. Mientras tanto el banco no pagara las cuotas que vayan llegando. Las del último mes no me las han cobrado. Es inadmisible que la administración nos trate como a tontos. Lo mínimo que deberían hacer es comunicarse con los afectados y no como lo están haciendo. Es una falta de consideración con el ciudadano... Si fuera legal y se equivocaron entonces, que lo comuniquen y reconozcan su error, pero que no nos traten como súbditos que es lo que parece. Iré a juicio con éste tema. No hay derecho a éste asalto. Una pregunta para este pórtico legal... No veo a ningún abogado opinando en éste foro si tiene defensa legal esta situación. O por el contrario no tenemos más remedio que tragar con lo que el ministro decida . Hay alguna base legal?
13/04/2022 11:34
Otra cuestión que he comunicado en mi recurso de alzada. Cuando accedo a mí SS no figura que tenga ninguna deuda pendientes con la SS o TSS. Es más he sacado dos certificados dónde me dicen que estoy al corriente de pagos a la SS y no tengo deuda. Los he aportado en el recurso de alzada.
Ayer he recibido dos escritos de la TSS denegando por resolución mi devolución de las 6 cuotas que devolví.... Supongo que como el banco continuará devolviendo las cuotas mensuales cada mes recibiré un escrito. Tengo un mes para recurrir y así lo haré hasta agotar todas las vías legales.
Por cierto, supongo que seremos miles los afectados por éste tema. No sería bueno que nos asociarnos de alguna forma para ejercer nuestra defensa??
13/04/2022 11:45
Veo que en éste portal se anuncian varios abogados. Algún abogado/a podría opinar sobre éste tema. Hay alguna posibilidad de defensa? Yo veo muy clara la interpretación de la norma dónde nos daban 3 opciónes, la última la base mínima.
27/04/2022 13:22
Hola a todos, voy q intentar dar un poco de luz... Pero ya os dijo que el tema el complicado , de primeras deciros que los agentes de la seguridad social les cambian las "normas " Tan continuamente que muchos ni se reciclan y andan muy pez " Primero que judicialmente en este caso y en todos dejar de pagar algo así por las buenas aunque tengamos la razón no es tan fácil y nos podria perjudicar ( ya se que mucha gente lo hace pq no puede hacer frente a ese gasto , no lo juzgó... Solo dijo lo que nos perjudica" ) por otro lado veo que a alguno os lo pasan a modos de recibos en ese caso con el certificado digital en la Tesorería General(no en la seguridad social) tenéis todas las notificaciones las recientes y las de años atrás y es interesante que la saqueis, por otro lado veo que otro os lo embargan en la cuenta normalmente mandan cartas que ningún llegan y y cuando preguntas ye dicen que lo publicaron en el BOE ( y ahí la ley los ampara) mi duda es la interpretación de la ley (que ya os digo de ante mano que este es el gran problema de la ley que es muy ambigua y suele dejar una ligera libre interpretación) normalmente la ley no son retroactivas a no ser que en la propia ley se exponga lo contrario alguien tuvo manera de sacar la derogación de la ley para saber que dice exactamente...
Lafuendria perdona mi pregunta pero eras Autónomo? El trozo de convenio que escribistes es para autónomos ....
07/09/2022 16:28
Tango55
Lo mejor sería asociarnos de alguna manera y dar publicidad al robo que estamos sufriendo, es totalmente una injusticia, yo estoy pensando la forma de que esto salga a la luz, y por supuesto ir a demanda.
07/09/2022 16:42
Yo firmé convenio especial en Septiembre de 2017 hasta Agosto de 2019, a finales de julio de 2022, este año, recibido por correo certificado un documento de Apremio por 75 euros más 15 de recargo más o menos, a partir de ahí comenzó la lucha, ya entré en la Sede Electrónica de la Seguridad Social y solamente tenía ese, pero a los pocos días comenzaron a llegar más Apremios con recargo, llamé a todos los teléfonos posibles, ya que en la Tesorería donde había hecho el convenio no atendían ni daban cita para este caso, al final después de un mes y recibiendo dos documentos de Apremio más con recargos incluidos, me llamaron por la cita previa que había pedido, y me explican un poco lo que estáis diciendo por aquí, que me van a cobrar la subida que han hecho en Noviembre de 2021, incluido el año 2017, que hace 5 años, por lo que ya estaría prescrito, esto es de locura, es una estafa, un robo por parte de la Administración Pública, tenemos que encontrar la forma de llevar esto a los tribunales y sobre todo de dar publicidad a esta injusticia
07/09/2022 16:48
Los siguientes que me han llegado vienen con más subida, en lugar de 75 euros más recargo, son de 136 euros. Según me han dicho los recargos eran porque enviaron para cobrarlo al banco donde lo tenía domiciliado, pero después de terminar de pagar el convenio especial, cerré esa cuenta y yo ahí no tenía cuenta ya, por lo tanto como el convenio especial ya estaba cerrado desde 2019, no podía dar otro número de cuenta para no pagar recargo, la única forma era pagar todo junto en el banco.