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Convenio de limpieza y comunidad de propietarios

9 Comentarios
 
Convenio de limpieza y comunidad de propietarios
19/11/2014 08:23
Buenos Días, quisiera saber si es de obligado cumplimiento aplicar el convenio de limpieza para comunidades de propietarios. En la provincia de Málaga no existe convenio colectivo específico para comunidades de propietarios, por eso, me gustaría saber si puedo aplicarle ET o si por el contrario tengo que aplicarle el convenio de limpieza de edificio y locales. Yo en un principio entiendo que no porque la actividad propia de la comunidad no es limpieza, aunque si es la actividad que desempeña el empleado.
19/11/2014 18:36
Pero el trabajador esta contratado por una empresa de limpieza o por la propia comunidad y si esta contratado por la comunidad, (entiendo como portero), deberá aplicarle el convenio reservado a éstos.
Por cierto, cuando no hay un convenio de ámbito inferior el que hay que utilizar el el de ámbito superior, es decir si hay convenio para la profesión a desempeñar y no hay el provincial debemos acudir al estatal o al sectorial pero no directamente a dejarlo sin convenio para aplicar directamente el ET.
SMO
19/11/2014 22:51
La trabajadora desempeña funciones de limpieza en una comunidad, actualmente segun tengo entendido no existe un convenio estatal de fincas urbanas o de comunidades, sino que suele haber convenios de ambito inferior provinciales como por ejemplo en Sevilla, pero en este caso concreto en Malaga no existe convenio ji estatal ni provincial. Mi duda es con respecto a la actividad.
19/11/2014 23:19
Pero por ejemplo hay convenio sectorial y vigente hasta el 31/12/2014.

Convenio Colectivo del Sector de Empleados de Fincas Urbanas con vigencia desde el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2014

Si como quedan menos de 2 meses no se ha denunciado este convenio seguirá vigente tras la fecha y si se ha denunciado pues desde el 31/12/2014 se inicia un periodo de un año para la negociación de un nuevo convenio
20/11/2014 18:57
Según tengo entendido, hay convenio colectivo sectorial de fincas urbanas provinciales, pero para el caso de Malaga, no existe por tanto al no haber un convenio colectivo estatal que lo regule, nos acogeriamos al ET.
20/11/2014 19:47
Orden de los convenios de menor a mayor; convenio de empresa, convenio provincial, convenio sectorial, (afecta a todo el sector), Convenio Estatal (afecta a todo el Estado), así que si no hay convenio provincial como parecer ser el caso se va al sectorial que si existe.
SMO.
25/06/2017 18:11
jamgpreve
Buenas tardes:
Estaba leyendo este post de que Convenio Aplicar para un trabajador que se dedica a la limpieza en una comunidad de propietarios, y no me ha quedado clara.
En Pontevedra no existe convenio colectivo de empleados de fincas urbanas, y este es el único trabajador que existe y su cometido es la limpieza de la comunidad.
Es correcto aplicar el Convenio de limpieza de edificos y locales de la provincia de Pontevedra.?
Donde puedo sostenerlo?
01/02/2022 11:40
Buenas tardes:
En Tenerife no existe convenio colectivo de empleados de fincas urbanas. A los limpiadores de escaleras de las Comunidades de Propietarios de Edificios se les aplicaría el convenio de limpieza de edificios y locales de Tenerife?
01/02/2022 14:50
A ver veo que está consulta se alarga en el tiempo y que no parecen entenderlo, si no hay convenio provincial para trabajadores de fincas urbanas se aplicará el SS, (el orden de los convenios va de mayor a menor con la salvedad de que cada convenio debe ir superando o mejorando las condiciones del anterior con la salvedad que tras la última reforma se admite que el convenio último adopte condiciones inferiores al resto cosa que por suerte los jueces están dejando atrás, el orden es de mayor a menor por tanto primero va el ET, luego el Estatal, de después el Sectorial, más tarde el autonómico, luego va el provincial y por último el de ámbito de empresa), haber si así queda claro, si son trabajadores contratados por la propia comunidad se aplica el convenio de fincas urbanas, si es mediante empresa de limpieza se aplicará el convenio de limpieza de edificios y locales.
smo
02/02/2022 16:28
El convenio colectivo es el que corresponda a la actividad de la empresa no del trabajador pero si no hay categoría de jardinero cual le reflejan en la nómina. (al no haber jardinero supongo que será una categoría similar como operario o peón, no se).