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convenio 52 años

9 Comentarios
 
Convenio 52 años
12/12/2013 17:56
buenas tardes a todos , tengo 56 años y hace 2y medio que tengo concedida la ayuda a mayores de 52 años , me gustaria saber si puedo despues de dos años y medio solicitar el convenio con la seguridad social para cotizar mas para mi juvilacion , he oido que solo tengo un año de plazo desde que me cocedieron la ayuda , pero he estado mirando por la wed y no hay nada que me diga cual es el plazo maximo para solicitarlo,, gracias
12/12/2013 20:30
Es corecto el plazo esde un año, te lo digo porque presisamente estoy arreglando para solicitarlo y me han dicho que el plazo es de un año.
12/12/2013 21:17
para jjbc
hola gracias por responder a mi consulta ,he estado mirando algunas paginas y me dice que hay dos maneras
una es dentro delos 90 dias a partir de la ayuda y la otra desde que se tramite la solicitud,
en esas mismas paginas hay otro apartado y pone que es dentro de un año , ,pero es cuando no se tiene el subsidio por desempleo ( es decir no estas cobrando los 426 euros ,) , ¿ no se si tu caso es este y por eso te dicen que es un año ?
13/12/2013 20:48
¿alguien sabe algo de este tema con certeza ? gracias
13/12/2013 21:33
Buenas noches, manzanita.
Ésta es mi interpretación.
En la página de la SS pone:
"- Se abren dos plazos:
* 90 días siguientes al cese o situación determinante del convenio especial.
* 1 año siguiente al cese o situación determinante del convenio especial."

Pienso que esto quiere decir que:
1) disponías de 90 días desde que dejaste de cobrar la prestación por desempleo para suscribir un convenio especial con la SS que te permitiera complementar la diferencia entre lo que cotiza el SEPE en los subsidios mayores de 52/55 años y la base de cotización que tenías cuando trabajabas. También podrías haber elegido una cotización intermedia entre la del SEPE y la que tenías, cuando trabajabas.
2) disponías de un año desde que agotaste la prestación por desempleo para suscribir un convenio especial con la SS. En este caso, la cuantía máxima de cotización por la que podrías suscribir el convenio especial con la SS sería el importe de la media de las cotizaciones del último año (incluidas las cotizaciones del SEPE).
Como llevas más de 2 años cobrando el subsidio mayores de 52/55 años, la media del último año es la cotización del SEPE. Por lo tanto, no ha lugar a suscribir ningún convenio especial.
Podrías suscribir un convenio especial en el caso de extinción del subsidio mayores de 52/55 años por una cuantía igual a la cotización del SEPE.
De todas formas, creo que lo mejor es que pidas cita en la Tesorería de la SS y hagas la solicitud oficial. Así, saldrás de dudas y tendrás una respuesta oficial por escrito.
Ten en cuenta que he expuesto MI interpretación, en función de informaciones que recibí, en su día, de la TGSS.
Salvo mejor opinión.
Un saludo.
14/12/2013 18:28
hola de nuevo liberte , te explico un poco este tema . este martes estuve en la tesoreia de la seguridad socila para mirar el tema que meses atras comentemos ( dos años cotizados en los ultimos 15 años ) y tambien el tema del convenio especial con la seguridad social .
el caso es que habia una suplente y no sabia muy bien como iva el tema, y lo comento con su jefe , que tampoco lo tenian claro respecto a que el plazo es el que tu comentas , 90 dias o un año desde que se tramiata el subsidio de 52 años.me cojieron los papeles ,pero me dijeron que la semana que en un plazo maximo de 45 dias me dirian si se podia hacer.
el miercoles estube mirando cosas sobre este tema y en una pagina de la seguridad social ,te doi el hilo.....http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/ConveniosEspeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdet44216/index.htm
Inicio » Información útil » Trámites y gestiones » Convenios Especiales » Supuestos especiales » Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52/55 años
mirate la pagina , y donde dice cuando tiene que presentarlo,pone
dos plazos
en los 90 dias siguientes al nacimiento del derecho al subsidio
o
en cualquier momento durante la perceccion del subsidio

como ves no hay limite de tiempo , otra cosas es como dices si solo valen los dos ultimos años y entran los del sepe , entonces de nada sirve
las dos condiciones que tu me dices , se recojen en un apartado que se llama REGULACION GENERAL que si recoje tus condiciones, miralo en esta pagina
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdet18077/Convenioespecialdet4198/index.htm

me gustaria saber como llevas tu tema , espero que te valal todo bien , y gracias por tu contestacion
14/12/2013 18:34
hola otra vez liberte leete bien el correo que tu me mandastes
pone
Se abren dos plazos:
* 90 días siguientes al cese o situación determinante del convenio especial.
* 1 año siguiente al cese o situación determinante del convenio especial."
es decir que se supone que ya tendria el convenio especial con ellos , no hablade el subsidio de desempleo , sino del convenio especial que es el que yo quiero tramitar ,
mirate las paginas que te he mandado y asi podras verlo mejor ,
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/ConveniosEspeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdet44216/index.htm
y
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Regulaciongeneral/Regulaciongeneral/index.htm

gracias nuevamente
14/12/2013 19:44
Buenas tardes, manzanita.
Según lo que pone en el punto "plazos" del enlace
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/ConveniosEspeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdet44216/index.htm
yo interpreto que, en el caso de una persona que está cobrando el subsidio mayores de 52/55 años, ésta puede suscribir un convenio especial con la SS "en cualquier momento durante la percepción del subsidio".
Por lo tanto, si lo has solicitado, pienso que deberían concedértelo.
Si no lo has solicitado, yo te aconsejaría que lo hicieras. Es la única forma de que obtengas una respuesta por escrito.
Actualmente, con tanto cambio de normativa, los funcionarios de la SS no se enteran de nada.
Yo sigo esperando, pacientemente, a saber, dentro de 11 años, si tendré derecho a cobrar una pensión de jubilación o no. La última información que me dio una funcionaria de la oficina del INSS es que, probablemente, tendría que denunciar a la SS y que, después de 2 o 3 años, un juez dictaría sentencia a mi favor. Se quedó tan ancha.
¡Qué país! El país de la pandereta. Mientras no exijan más responsabilidades a los funcionarios, me parece que no cambiará nada. Eso sí, ellos siguen cobrando su sueldecito (que pagamos entre todos los españoles) todos los meses.
¿Sabes lo que hago últimamente cuando voy a una oficina del SEPE o de la SS? Grabo la conversación en el móvil.
Te agradecería que me informaras de en qué termina lo del convenio especial.

Por cierto, ¿Qué te dijeron en la SS sobre el asunto de los 2 años cotizados dentro de los últimos 15 años?

Un saludo.




14/12/2013 20:40
hola liberte, como te decia al principio , es lo que fui a hacer esta semana , es decir fui a solicitar el convenio con la ss paar cotizar mas para mi jubilacion , pero el empleado que habia no sabia muy bien como iva , los que normalmente estan , no estaban ese dia asi que se quedo los papeles y me dijo que me responderian antes de 45 dias , asi que segun yo interpreto no importaria cuando lo solicitara , espeo que me lo aprueben, respecto a lo tuyo , y por lo que yo me se no creo que tengas problemas , siempre y cuando tengas los años cotizados que para ese tiempo sera mas de 37 años. a mi me faltan 9 años para los 65 ,para entonces tendre cotizados sobre 42 y de esos 15 ultimos , tendre cotizados sobre unos 38 meses , ya que los del paro tambien cuenta, esperemos que para entonces no aumenten esa cantidas que es lo que nos joderia , asi que animo que seguro que lo tuyo tendra un buen fin.
ya te comentare como me va lo de el convenio especial con la ss,
mientras tanto un saludo
23/12/2013 19:15
hola de nuevo liberte.ya he realizado todos los tramites que te comente y te explico
respecto a que tiempo tengo para hacer el convenio especial con la seguridad social , ,puedes realizarlo cuando te parezca a partir de 90 dias de tener el subsidio concedido , y puedes cancelarlo y volver cuantas veces desees , eso si va por años los contratos del convenio,de hecho yo ya he firmado el convenio despues de dos años y algunos meses,
ademas si tienes el convenio , es decir estas pagando para aumentar tu base para la jubilacio , este tiempo tambien cuenta como cotizable , es decir si en los ultimos 15 años , no has cotizado mas de dos años ,lo de la jubilacion seria complicado , pero si estas en el convenio como el que yo he realizado , este si cuenta.
ademos el tiempo de paro tambien cuenta como cotizando,
te pongo dos ejemplos
en los 15 ultimos años he trabajado 1 año y tengo dos años de paro , en total tendria cotizado 3 , tendria derecho a la jubilacion
el otro seria
en los ultimos 15 años he trabajado solo 1 año y he tenido 6 meses de paro en total seria año y medio ,,no tendria derecho a jubilacion , pero si subscribo el convenio especial con la ss, este tiempo que este pagandolo si contaria
¿ me entiendes?
en resumen
en los ultimos 15 años cuenta tambien el paro y el tiempo que tengas el convenio con la ss,
si tienes alguna duda preguntame y tratare de informarte. un saludo