Os cuento mi caso para encontrar algo de orientación, o bien, una visión diferente. También espero que esto pueda ayudar a alguien que se encuentre en una situación similar.
Hace un año reingrese como funcionario de carrera en la Administración General del Estado (en la que me encontraba en situación de excedencia por prestación de servicios en otra administración) procedente de una Administración Local. En el momento de la toma de posesión solicité la convalidación del grado personal consolidado en la Administración Local para que fuera efectivo en la Administración del Estado. De oficio me tramitaron esta solicitud en el departamento de personal de mi nuevo destino. A los tres meses recibo un correo electrónico en el que se me indica que no puedo acceder a la convalidación, ya que el grado consolidado se hizo en un cuerpo diferente al que solicito en estos momentos.
Teniendo en cuenta que pertenezco al grupo C2 en ambas administraciones, y leyendo el artículo 71 del Real Decreto 364/1995, del 10 de marzo, que dice "....una vez que el funcionario que reingrese o se reintegre a la Administración General del Estado en el mismo cuerpo o escala en el que le haya sido reconocido el grado personal", entiendo que me aseguran que no he pertenecido al mismo cuerpo.
Presento un escrito en el que justifico que, evidentemente no es el mismo cuerpo al ser dos Administraciones diferentes, pero si es el mismo en cuanto que se entiende cuerpo como la agrupación de funcionarios según tareas y niveles académicos para ello..
Tras presentar este escrito me reconocen el grado con resolución administrativa tres meses despúes.
Al mes retiran esta resolución y me indican que mi escrito ha pasado a otro Departamento para su estudio.
Después de cuatro meses me vuelven a contestar diciendo que el cuerpo al que pertenecía en la Administración Local es un cuerpo propio de la misma, y por tanto, no es posible convalidarla con la de la Administración del Estado.
Llegado esto punto me planteo si no he llegado ha entender el RD, y las relaciones entre cuerpos (extremo que detallé sucintamente en el escrito anterior con equiparaciones de la propia Administación del Estado).
Mi consulta estriba en determinar si yo soy el que está errado al considerar que un mismo cuerpo pueda darse en dos administraciones, o si, en realidad, la Administración General del Estado tiene la razón, con lo que la redacción e inclusión del apartado 11 de ese artículo carece de sentido, a mi entender.
Ahora estoy en el punto de saber que recurso interponer...mi error ha estado en que no he solicitado ninguna resolución expresa, por lo que no tengo notificación alguna ni detalles que indiquen que existe o no fin de via administrativa.
Mi intención es presentar Recurso de Alzada, y una vez desestimado este, presentar Recurso Contencioso Administrativo.
Efectivamente está usted en lo cierto. Lo extraño es que en la Administración del Estado estén con esas dudas.
Le transcribo parte del contenido en la Resolución de 26 de mayo de 2005 de la Secretaría General para la Admon Pública "Debe, también, considerarse que los acuerdos de movilidad del personal funcionario entre distintas Administraciones Públicas, posibilitan la consolidación del grado personal en el servicio en otra Administración y ello ha de tenerse en cuenta en su retorno al servicio de la Administración General del Estado. Por tanto, se hace preciso abrir el modelo F16R de Resolución de reconocimiento o convalidación de grado personal, que hasta ahora se limitaba a convalidar la consolidación de grado personal en el servicio de las Administraciones autonómicas, a la convalidación de este hecho cuando se produce en el servicio a otras Administraciones Públicas"
Posteriormente a esta Resolución, el RD 255/2006 modificó el RD 364/95 en este aspecto y recogiendo lo dispuesto en la citada Resolución, aclarando el régimen jurídico, por lo que es pacífico actualmente que le corresponde sin más trámite que su grado personal consolidado sea anotado en el registro de la AGE.
www.actiodoli.com
Expertos en derecho administrativo
Gracias por la contestación. Utilizaré las referencias que me aporta para dar más peso a mi recurso.
Sin embargo, creo que se obstinan en la no identidad del mismo cuerpo, aun en mi intento de demostrar como en otros procesos y actos administrativos se han equiparado en igualdad de condiciones cuerpos de diferentes administraciones. Solicité que me hicieran una diferenciación entre los mismos y tan sólo me han respondido que es un cuerpo propio el de la Administración Local.
Cualquier apunte en este sentido me sería de bastante ayuda.
MISMO CASO
Soy Ingeniero Técnico Agrícola del Estado y de Castilla la Mancha (2 oposiciones grupo a2).
He estado trabajando 8 años en la Junta de Castilla- La Mancha y he consolidado el nivel 21. En este período he estado en excedencia en la plaza de la AGE. Ahora he reingresado en el Estado (excendenciA en CLM) y me dicen que no me convalidan el grado porque vengo de otro cuerpo.
Yo entiendo que es el mismo cuerpo pero de otra administración. Voy a pelearlo hasta el final, lo veo injusto.
COMO TE HA IDO?
Yo estoy en el mismo caso que tú, la AGE no reconoce el grado consolidado en otra administración cuando reingresas de nuevo, esto me parece un atropello si la razón fuera que vienes de un cuerpo diferente (por ejemplo del cuerpo de bomberos y pasas a uno administrativo lo entendería pero si vienes de un cuerpo o escala que desarrolles las mismas funciones no se entiende que no lo reconozcan, resulta que los que tenemos más de una oposición aprobada somos bultos sospechosos, nos penalizan no sé por qué, pero el que se mueve no aparece en la foto, prefieren a gente que está toda la vida en el mismo sitio, cuando lo ideal sería que todo el mundo (o casi todo), cambiara de destino de vez en cuando, es sano y evitarían lo que después se ve por ahí.... Si no te importa informa sobre lo que te vaya pasando en este asunto, a mí en su día me lo denegaron en Función Pública y no fuí más allá pero igual tendría que haber ido a lo contencioso.
jesusroda perdona por no contestar antes pero no había visto tu consulta hasta ahora que ha contestado nicias.
Os contesto a los dos ahora de memoria porque no tengo el documento aquí, pero intentaré consultarlo más tarde por si pudiera aportar más información.
En principio presenté un recurso, o más bien un escrito, ya que, como explico en el cuerpo del mensaje, no había seguido una relación de hechos que permitiese presentar algún tipo de recurso determinado.
En ese escrito volví a fundamentar que no existían diferencias entre cuerpos, y su contestación, básicamente se centraba en que entre la AGE y la administración local a la que yo pertenezco, no existe ningún tipo de convenio que permita la convalidación de grado (ahora no recuerdo si es en si misma por la convalidación o por la equiparación de cuerpos, tendré que mirarlo)
En este punto yo dejé de seguir intentándolo, ya que desconocía siquiera que debiera existir estos convenios, y por la poca falta de información que tenía (y, supuestamente, ellos si tienen), pensé que no llegaría más.
Por ello, si queréis seguir luchando por esto (que sigo considerando que tenemos más que razón), debéis tener en cuenta este punto de los convenios entre las diferentes administraciones.
Si tenéis alguna duda más, procuraré estar atento a esta consulta.
Buenos días, que quede claro que la respuesta de Función Pública para reconocer el grado proviniente de otra Administración (sea la que sea) va a ser que no, pero yo creo que hay que lucharlo, insiste, pónselo difícil, aunque peques de pesado, hazte un escrito largo con mucha jerga jurídica, que les cueste leerlo, haciendo alusión a sentencias de Tribunales en las que han dado la razón a otros funcionarios en casos similares, busca todo lo que puedas al respecto, bombardéales con todo ello, sé que hay sentencias que podrían ayudarte, no las tengo pero busca...... Esto es un poco luchar contra un muro. Después en caso de no conseguirlo puedes ir a la contencioso, yo cuando vuelva a la AGE pienso hacer exactamente esto que te escribo, es decir, escrito de solicitud largo y plagado de sentencias (que en su día buscaré), y si me contestan que no me reconocen el grado pues me iré a lo contencioso a intentarlo, ¡ANIMO!
Saludos.
Buenos días
En el caso de tener consolidado un grado 16 en un grupo C1 de admintstración local, y por oposición libre conseguir plaza en un grupo C2 y grado menor, se respeta el grado consolidado previamente?
Gracias