Soy nuevo en este foro así que ante todo un saludo a todos.
Recientemente me han hecho una pregunta y me ha surgido una duda.
La consulta es la siguiente. ¿Puede un agente de tráfico hacer una prueba de alcoholemia en un parking privado de uso privado (por lo tanto, sin ser de acceso al público en general)? ¿Y si alguien asegura que el supuesto conductor ha llegado conduciendo desde una vía pública? Véase inciso final del art.1 y art. 21 ambos del Reglamento general de circulación RD 1428/2003.