Buenos días: En un test de alcoholemia en aire expirado he dado 0,60 mg/l en la primera prueba y 0,58 mg/l en la segunda. Ante el convencimiento de que el etilómetro podría estar mal, puesto que no había bebido en exceso, solicité que me realizaran un análisis de contraste en sangre que dio como resultado 1,27 g/l. La Policía Local no realizó denuncia ante el Juzgado de Guardia por estar por debajo del límite penal en la segunda prueba en aire inspirado, pero el resultado del análisis de sangre fue remitido por el centro sanitario al Juzgado de Guardia y ahora el Juez quiere imputarme un delito por superar, en 0,07 g/l, la tasa de alcohol en sangre que delimita la infracción administrativa. Por favor, ¿puede alguien indicarme si la actuación judicial es correcta o por el contrario la prueba que ha de prevalecer es la de aire inspirado? Un saludo.
La prueba de contraste mediante análisis de sangre es mucho más precisa que la del etilómetro. También puede darse el caso de que al realizar el análisis de sangre, el nivel de alcohol en sangre haya subido respecto a la prueba con el etilómetro.
El personal sanitario está obligado a remitir las pruebas a la autoridad judicial y las autoridades competentes y estos son los que actúan en consecuencia, en este caso imputando el delito.
El procedimiento es totalmente válido y por tanto el valor que aporta el análisis de sangre es el que se tomará como referencia para imputar el delito. Lo que no puede ser es que de positivo rozando el delito y por creer que "no ha bebido en exceso" pedir la segunda prueba y luego intentar quedarse con la primera porque la segunda no le interesa.