Hola.
Resulta que quiero comprar un local que esta sin registrar. El señor piensa hacerlo. El problema consiste en que hace 20 años que no paga la contribución. Pues no le pasan el recibo correspondiente. ¿Le pueden registrar el piso sin el recibo de la contribucíon?. Supongo que solo le podran reclamar los últimos 5 años. También piensa ir a solucionar el tema para pagar los atrasos pero supongo que tardaran mucho. Os ruego me deis vuetra opinión. Ademas no creo que el notario haga el cotrato sin el recibo de conytribución. ¿Se podria poner alguna clausula en caso de que si existiese problemas de inpago o con el organismo recaudatorio que no recayese sobre el que compra.?
Saludos.
Torrado, te aconsejo que solicites al Ayuntamiento por escrito que te informe de la situación en que se encuentran los impuestos de bienes inmuebles, pendientes de pago, pues puede ocurrir que si compras el bien y el anterior propietario resulte insolvente te pueder reclamar a ti los importes pendientes, y puede ser que no haya ninguno prescrito, el servicio de Recaudación puede haber embargado el bien aunque no este registrado, y puede incluso sacarlo a subasta y adjudicarlo, despues se realiza la inmatriculación y listo. ten cuidado con lo que compras sin estar seguro de la situación del bien.
Saludos.