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Contratos privados y arrendamiento rústico

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Contratos privados y arrendamiento rústico
16/04/2012 11:12
Hola a todos,
Os expongo el siguiente supuesto a ver si me podéis dar vuestra opinión, ya que mi postura la veo defendible, pero no se cuánto de exitosa puede ser la misma.
En 2006 se firma escritura de arrendamiento rústico entre dos particulares, que incluye varias fincas, edificaciones y cuota láctea, por un plazo de cinco años.
El mismo día de esa escritura se firma contrato privado entre las mismas partes, contrato de compraventa de cuota láctea, en virtud del cual se pacta el precio y la forma de pago de la misma. El último pago se estipula que debería hacerse "al cumplirse el período final del arrendamiento suscrito en esta misma fecha, entre la parte vendedora y la compradora, esto es, cuando se produzca la cesión definitiva".
En 2007 en el citado contrato de arrendamiento se subroga una sociedad civil, integrada únicamente por dos socios -esposos-, uno de los cuales es la arredantaria primitiva.
Y en 2011 antes de la finalización del plazo de los 5 años pactados en el año 2006 se acuerda mediante contrato privado entre el arrendatario y la sociedad civil subrogada prorrogar el contrato de arrendamiento hasta 2016.

Dudas:
- Al margen del tema de la posible nulidad del contrato de compraventa de la cuota láctea, que debiera ventilarse ante la jurisdicción administrativa y no civil, ya que en puridad lo que hay es una transmisión, ahora el caso es que el arrendatario reclama en vía civil el pago del último abono estipulado en el contrato privado de 2006.

Entiendo que cabe oponerse alegando que el contrato no ha finalizado, sino que el mismo se ha prorrogado y por tanto no opera la condición prevista para dicho pago.
Se que la prórroga se formalizó entre el arrendatario y una sociedad civil, pero entiendo que al ser parte integrante de la misma la misma persona que suscribió el contrato privado referido podría irse por esta vía para oponerse.

¿Cómo lo véis?
Muchas gracias,