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Contratos de arrendamiento ante Notario

7 Comentarios
 
27/11/2014 09:52
marylu: en este foro sólo resolvemos dudas de Derecho Español.
27/11/2014 06:05
hola rento una casa 4 recamaras 2 baños muy grande la casa y en un lugar muy bonito su valor real de la casa es de 2500000 pesos a mi me rento el dueño sin la firma de la esposa y la vendio vino el notificador y se llevo mi contrato copia y fui al juzgado y me dijeron que le dieron fe notaril y ya no page renta este mes me dijeron que la casa la tengo por posecion indefinida la mitad porque no firmo la sra ymi pregunta es seguire pagando renta al dueño ,, el ya vendio y el nuevo dueño se amparo contra remate del juzgado y yo tengo temor de que me pidan la casa el dueño porque no le page ,, gracias hoo estan casados por bienes separados
los dueños gracias por su atencion haciaa mi pregunta mi contrato se vence el 25 de enero y yo page deposito pero no me dieron resibo ,, gracias
25/11/2014 10:50
marylu: para contestar a su pregunta habría que tener más datos:
1.- ¿qué régimen económico matrimonial tienen sus caseros?
2.- ¿que carácter tiene el piso ganancial o privativo?
abogado@leonbendayan.com
25/11/2014 01:33
hola mi contrato de rneta esta ante notario pero la casa esta anombre de los 2 esposos y nada mas firmo uno
23/11/2014 12:47
Por supuesto que no vale la pena.
Redactar el contrato de arrendamiento en escritura pública e inscribirlo en el Registro sólo le interesa al inquilino como forma de proteger su arrendamiento en caso de que se embargue o venda la vivienda, pero nada más.
Dicho en otras palabras: si el arrendamiento está inscrito y la vivienda se subasta o se vende, el nuevo propietario no podrá resolver el contrato de arrendamiento precisamente porque está inscrito y el inquilion seguirá viviendo tranquilamente hasta el final del contrato.
abogado@leonbendayan.com
23/11/2014 12:43
Entonces si el desahucio tarda lo mismo tanto si interviene Notario y Registro, como si no interviene.
No valdrá la pena incurrir en esos gastos?
23/11/2014 11:26
arturos: no hay dicho procedimiento.
Aparentemente la LAU da pie para pensarlo, pero no es así. No hay un procedimiento de desahucio "notarial" ni la escritura púnlica de arrendamiento es título ejecutivo en sentido "hipotecario".
De momento hay que resignarse y seguir acudiendo a los Juzgados a interponer desahucios por falta de pago e incluso me atrevería a decir que hay que estar "agradecidos" de que "sólo" tarden unos 6 meses.
abogado@leonbendayan.com
Contratos de arrendamiento ante notario
22/11/2014 21:14
Los contratos de arrendamiento ante Notario y pasados por el Registro de la Propiedad. Si hay que efectuar un desahucio por impago, hay algún procedimiento especial? en que ley se recoge?