mis inquilinos se van antes de acabar el contrato,me han avisado con un mes de antelacion...debo devolverles la fianza y la fianza de la camara de la propiedad?
el contrato dice asi respecto a esto:
1.el plazo de duracion del presente contrato es de sesenta meses y comenzara a regir en el dia de la fecha del mismo.
2.en el supuesto de que antes de finalizar el plazo estipulado en el contrato el arrendatario desistiera del mismo debera preavisar al arrendador con una antelacion minima de un mes.
Respecto a este asunto es lo que el contrato dice,ellos me han mandado un burofax que dicta asi:
Barcelona 10 junio 2011
Ref. Contrato de arrendamiento de la calle xxxxxxxx de
Barcelona,firmado entre xxxxx Gonzalez y Axxxxxxxx
Estimado señor Dxxxxxxxxxl :
Mediante el presente escrito le pongo en conocimiento por escrito tal y como ya lo hice de
modo oral el dia 10 junio 2011,con una antelacion de un mes,tal y como recoge el
contrato que firmamos en su dia, mi intencion de dejar la mencionada vivienda el
proximo 10 de julio 2011,devolviendo ese dia las llaves a usted como propietario y reci -
biendo la fianza de 700 euros y otros 700 euros(con el descuento de esos 10 dias del mes d
julio)que en su dia se le entregaron en la cambra propietat por un posible incumplimiento
del contrato,se le devolvera la casa en las mismas condiciones que usted lo
arrendo y sin dejar pendiente ninguna factura ni existir incumplimiento alguno dado que se
notifica la intencion de irme con un mes de antelacion.
El que los inquilinos avisen con un mes de antelación, como dice la ley, no quiere decir que con ello hayan cumplido con sus obligaciones, sino al contrario, han incumplido con lo acordado que era de 60 meses. Estando así las cosas, usted podría demandarlos por incumplimiento de contrato, y a ellos les resultaría muy caro por lo que les saldría más a cuenta indemnizarlo a usted con las dos fianzas entregadas. Expóngaselo así y yo creo que aceptaran el trato.
gracias,lo que no entienden es que si el contrato dice que:
1.el plazo de duracion del presente contrato es de sesenta meses y comenzara a regir en el dia de la fecha del mismo.
2.en el supuesto de que antes de finalizar el plazo estipulado en el contrato el arrendatario desistiera del mismo debera preavisar al arrendador con una antelacion minima de un mes.
ellos se agarran a el segundo punto,que tambien es cierto que de forma oral les dije en su dia que no importaria,aunque las circunstancias mias tambien han cambiado.
Yo tampoco entiendo el segundo punto,sinceramente pensaba que deberia pagarles todo,ya que asi lo entendia al leerlo.
pepedragon, si tu les demandas por incumplimiento de contrato, podria ser que ellos tendrian que pagarte a ti , pero esos procesos son largos y costosos, asi que lo mejor que podrias hacer es llegar a un acuerdo con los inquilinos y partiros la fianza. En el proximo contrato que hagas, que no se te olvide poner lo de que quieres una indemnización en caso de que desistan antes de tiempo, de esta manera lo tendras mas claro.
Suerte