contrato de obras: el contratista realiza una obra en favor del contratante, a cambio de un precio. Construcción de una Autopista, de un Polideportivo, de edificios escolares, centros recreativos...
contrato de concesión de obras públicas: lo mismo, pero el contratista explota económicamente la obra o percibe un precio y además explota la obra. Ejemplo: parking público, lo construyo pero me pagan por aparcar cada día.
En el primero se contrata y se paga una obra, y en el segundo se contrata una obra y como pago, o parte de él se le concede su explotación al contratista. Ejemplo típico: una autopista de peaje.