Vaya, lamento la confusión, ¿debería cambiar esto de categoría?
¿Y si tenemos en cuenta que ni siquiera sabíamos lo que íbamos a hacer? Es decir, se nos propuso un trabajo, pero aún no teníamos claro cómo realizarlo. Se le dio un sí con premura, pero una vez empezamos a desarrollar el proyecto vimos que no le íbamos a necesitar para parte de él. Tras ese cambio es cuando se negó a cobrar menos y, por tanto, buscamos otro que sí aceptó.
En primer lugar y salvo esto ultimo que nos indica que quien contratara finalmente será la empresa, este tema no pertenece al ámbito laboral por tratarse de un autónomo que contrata una prestación de servicios y por tratarse por tanto de un negocio jurídico entre personas en vía mercantilestamos ante jurisdicción en vía civil y no social.
Cierto es que en atención al derecho romano el negocio jurídico puede ser mediante acuerdo verbal o apretón de manos pero la dificultad estriba en demostrar que esto ocurrió ya que como sobradamente en este foro decimos "las palabras se las lleva el viento" por tanto a buen entendedor sobran las palabras, si RL cámara demandase seria su palabra contra la de ustedes.
Voy a añadir un par de detalles por si está confuso:
La empresa es la que nos contrata a nosotros, el grupo de trabajo. Y somos nosotros los que decidimos quiénes nos acompañan (el cámara, por ejemplo) pero sería la empresa la que nos contrataría a todos finalmente.
Aun así, con la empresa está todo únicamente apalabrado (y no tienen inconveniente en que cambiemos o no de cámara).
El asunto que traigo entre manos es que hace poco mi grupo de trabajo acordó hacer un vídeo para una empresa hace poco, y en una reunión interna acordamos ofrecerle el puesto a un cámara concreto. No estamos ligados por ninguna sociedad ni asociación, así que a pesar de votar y dar nuestra opinión en la reunión, no era lo que podríamos llamar formal.
La cuestión es que hemos cambiado las ideas que teníamos para dichos trabajos (la empresa nos ha dado plena libertad en cómo realizar el vídeo) y, además, había otro cámara que se ofrecía por bastante menos precio. Así que hemos decidido realizar el trabajo con este nuevo cámara en lugar de con el primero.
Recalcando el hecho de que aún no se ha hecho el vídeo, es decir, lo único que tenía era la promesa verbal de que lo iba a realizar con nosotros y cobrar el precio por ese trabajo, el cámara dice que teníamos un acuerdo verbal y que eso debería respetarse. Que una vez nosotros le dimos el sí ya no podemos hacerlo con otra persona.
¿Es eso cierto en todo o en parte? Muchas gracias por su tiempo.