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contrato verbal de arrendamiento de local

4 Comentarios
 
perfil Jan
23/12/2008 11:55
Hola madox. Como muy bien le ha indicado mi compañero catón lo mejor que puede hacer es acudir con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con los documentos relacionados con el contrato(recibos de pago, comunicaciones entre las partes,etc..) y los datos que usted aporte, determinará la situación jurídica del contrato así como las posibilidades de resolverlo.

Reciba un cordial saludo.
22/12/2008 21:44
Vaya el tema es más complejo de lo que pudiera parecer a simple vista , es aconsejable que consulte con un abogado , la situación, pues de entrada , en custión de arrendamientos no existen contatos indefinidos. Al ser el contrato verbal , la duración inicialmente pactada sería objeto de prueba . Y nada obsta a probar que la duración inicialmente pactada fueron 30 años .

No se caliente la cabeza leyendo leyes de arrendamiento , o planteandose problemas cómo el de la tácita reconducción . Hay otras cuestiones que aclarar ahí .

Saludos.
22/12/2008 18:22
Hola catón. Ante todo gracias por contestar. He echado un ojo a la LAU y la verdad es que me surgen dudas. En este caso se trataría de un contrato posterior al 85 y anterior al 94.Entonces qué ley se aplica?
Por otro lado, qué duración se entiende que tiene un contrato verbal en el que no se pactó duración alguna? Se considera indefinido o se considera que hay tácita reconducción y, en este ultimo caso, no podría el arrendador resolverlo en virtud del 1581 CC?
Gracias de nuevo
22/12/2008 17:39
No , no se puede resolver unilateralmente , un contrato , aunque sea verbal , sin causa alguna . Máxime si es un contrato de 20 años .



Saludos

Contrato verbal de arrendamiento de local
22/12/2008 13:11
Buenos días, me gustaría saber si el arrendador puede resolver un contrato de arrendamiento de local ( no escrito) sin aducir causa alguna. El local lleva arrendado hace unos 20 años. Podría el arrendador resolverlo sin más?
Gracias