Agradeceré una opinión cualificada sobre el caso siguiente:
- Arrendamiento de plaza de garaje desde 1992 mediante acuerdo verbal. Pago mediante ingreso en cuenta corriente.
- La renta se ha actualizado mediante acuerdo verbal en 2004, momento en que empezó a girarse recibos domiciliados.
- Nueva actualización de renta en 2011 mediante comunicación escrita. Continuó el pago con normalidad.
- Comunicación en diciembre de 2012 de próxima actualización de renta, teniendo en cuenta los índices de precios de finales de 2010 a finales de 2012, a aplicar en enero de 2013.
Mis preguntas son:
- ¿Es ajustada a derecho la actualización de renta realizada?
- De no serlo, ¿están en causa las actualizaciones anteriores?
- ¿Cómo se puede terminar un contrato verbal? ¿Por qué causas?